Panconqueso
28/06/24 11:39
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Ir a respuesta
Ya sabemos que es imposible predecir el futuro… Con las premisas que actualmente están sobre la mesa es más que probable que la DT 34ª no te sea de aplicación en 2027.El criterio de gestión https://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/9ce47385-1f28-450f-bc04-c77ad9caf625/CRITERIO+DE+GESTION+4-2022.pdf?MOD=AJPERES presume que solo alcanzará hasta 2026. No especifica si 2026 estará incluido o no. Dependerá fundamentalmente de la evolución del IPC… Pero a 2027 parece muy muy difícil que pueda llegar.En tu caso haría todos los cálculos utilizando ya la “tabla general” de jubilación anticipada contenida en la Ley 21/2021 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-21652 Lo de bajar a mínimos la base de cotización es muy probable que te venga bien. El exceso de cotización no sirve de ná… Y más si, como comentas, que mantener la base máxima te obligaría a endeudarte.