Te recomiendo que presentes dos solicitudes y en tiempos distintos, y te lo digo, por que yo lo hice así y una nos contestaron estimándola y la otra no. Si presentas una a nombre de los dos te la juegas a una carta. Sí, por solicitud de ingresos indebidos, modificación de la declaración del irpf. Nosotros adjuntamos la sentencia con el reconocimiento del impago por parte del Juzgado. Saludos.
Llevas razón, dejé retenciones y rentas como de dudoso cobro, pero lo que no me aceptaron fueron estas últimas y sí me decían que podría incluirlas en la siguiente declaración cuándo ya se cumplían los seis meses.Claro, declaras las rentas y las pones de dudoso cobro, pero no en ese mismo año si no cumples los seis meses.
Todos lo que estéis atrapados con GALP, para resolver vuestros problemas de una manera eficiente y rápida, tenéis dos opciones, 1. Acudir a su SEDE SOCIAL, está en la calle Anabel Segura 16. Edificio I en Alcobendas. 2. Si así no se resuelve, no os aconsejo acudir ni a la CNE y al Ministerio de Industria, los conozco bien y no defienden los intereses de los consumidores, que además somos muchos y damos una cantidad ingente de trabajo con empresas tipo GALP. Aquí sólo queda presentar una reclamación directa vía burofax con un buen Abogado especialista en consumo y si no una demanda Judicial. Recordad que tenéis una vía alternativa que funciona y a menor coste al 902 con un 91. Revisad los post anteriores del foro. Mucho ánimo. Saludos