Muchas gracias de nuevo. Me da la sensación que sabes más que los dos gestores a los que he consultado hoy, todo hay que decirlo, ninguno me ha cobrado nada pero preferiria que cobraran y me lo explicaran mejor.
A ver... mi intención es poner el local en alquiler un par de meses, si lo alquilo perfecto y si no lo alquilo desarrollaria una actividad profesional como autonomo en él.
El ejemplo que has puesto de la clinica no lo entiendo, una clinica facturará igual que factura un bar no? Entonces porque es diferente?
Lo de los 10 años no lo comprendo tampoco,, vamos a ver diferentes supuestos:
Año 1 y 2: lo alquilo a una tercera persona.
Año 3, 4, 5, 6: el inquilino se va y yo decido montar una barberia en la que trabajo de barbero como autonomo.
Año 7, 8, 9, 10: mis clientes estan calvos ya, con lo que tengo que cerrar la barberia y montar una floristeria en la que yo trabajo como autonomo.
En este supuesto el local ha estado siempre destinado a una actividad aunque hayan sido 3 distintas, entiendo que me podre deducir el iva que le cobro al inquilino, el iva que le cobro a los que pelo y el iva que cobro en las facturas de cada flor.
Otro supuesto:
Año 1, 2, 3, 4: monto una gestoria en la que trabajo como autonomo.
Año 5, 6, 7, 8, 9 y 10: el negocio se va a pique con lo que el local permanece todos estos años cerrado.
En este caso entiendo que mientras era una gestoria me he podido ir quedando todo el iva de las facturas. Logicamente mientras estaba cerrado no me he podido quedar ningun iva porque no generaba ningun ingreso relacionado con el local.
Cuando dices "hay que hacer ajustes y hacienda te pide lo suyo" no puedo comprenderlo pues logicamente si no facturo no puedo recuperar iva porque no lo hay, y si facturo recupero el iva. Es decir si para poder deducirme el iva logicamente antes ha tenido que existir una factura no entiendo que ajustes se tienen que hacer...
Lo siento, estoy espeso pero cuando no comprendo bien algo me gusta insistir.
Gracias por aguantarme.