Gracias por las respuestas.
El destino del local importa? Si decido pagar iva no da lo mismo que luego abra un bar o coja y alquile el local. No me ire deduciendo el iva igual sea cual sea la actividad?
El AJD cuanto representa más o menos?
Dado de alta durante 10 años? A que te refieres, de alta a l'actividad?
Mi gestor me ha dicho que me lo quede con iva pero no me ha dado tantas explicaciones. Donde podria acudir para que me asesorara bien aunque se tenga que pagar logicamente.
Venga para upearlo pongo un ejemplo:
Me quedo un local de 100.000€, que me conviene más?
- Pagar 110.000€ y dar los 10.000€ como perdidos.
o
- Pagar 121.000€ y poder ir quedandome todo el IVA que facture hasta los 21.000€.
Depende del nivel de facturación? De los beneficios?
No necesitas el dinero, el piso no tiene ningún problema, hace 5 años te daban 270000 y no quisiste venderlo y ahora te lo planteas por 200000?
El sentido común es el menos comun de de los sentidos...
El valor del piso es el mismo, quizas un poco más bajo por el paso de los años pero lo que ha cambiado es su precio.
Lo inteligente si no te quieres arriesgar con renta variable, etc... es quedartelo y alquilarlo algunos meses al año. Y si rompen los muebles los cambias y pones unos del ikea.
De esta forma, seguirias teniendo el piso, seguirias disfrutandolo un mes al año y encima sacarias más pasta que con depositos.
Saludos.
No tienes 5 años pues se trata de RC, es un año. Los 5 años seria si fuese contractual.
Si en el Juzgado lo archivaron por primera asistencia o por cualquier motivo, el año empieza a contar desde entonces.
Según parece puede que la Ley de reforma del Baremo se apruebe el viernes 27 de marzo (la semana próxima):
https://plus.google.com/+Accigest-abogados-accidentes-tr%C3%A1fico/posts
Saludos,
Sobretodo denuncia también a la cia de seguros pues es quien acabará pagando y si el juicio de faltas lo archivan por primera asistencia podrás pedir que dicten un Auto de Cuantía Máxima en contra la cia. Y luego, si lo ejecutas por la vía civil (necesitarás un procurador pero no hace falta pagar tasas) tendrás mucho ganado pues serán ellos los que tendrán que demostrar tu culpa.
No se si en todas las polizas de Pelayo pero cubren unos 21€ por día. Los días deben ser impeditivos, no recuerdo si era imprescindible la baja laboral o se podían acreditar de algún otro modo.