Te debe haber cobrado la nota informativa que hay que pedir para ver las posibles cargas del inmueble y seguramente una copia autorizada electrónica, que es la que desde la notaría se manda al registro una vez firmada la venta para indicar que se ha vendido y que está pendiente de inscripción. Básicamente es para evitar que el vendedor al cabo de media hora lo vuelva a vender a otra persona cuando él realmente ya no podía venderlo porque ya no era dueño.
Luego tú, al encargarte de la gestión, tendrás que pagar el impuesto y entrar la copia en papel al Registro competente.
La factura lleva IVA al 21% y los conceptos están desglosados.