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Rutilinda91 03/04/24 19:59
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Monillo, yo creo que se refieren a los que aun no han recibido la DT correspondiente.hacienda no se va a sacar los datos de la manga.  el economista dice La Agencia Tributaria ha llegado al inicio de la campaña de la Renta sin poder revisar y depurar todos los datos de los antiguos mutualistas " ante el escaso tiempo que han tenido desde que la Seguridad Social se los ha remitido. Entiendo que es para los que aun no se han recibido los datos"
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Rutilinda91 31/03/24 10:34
Ha respondido al tema Medicinas gratis en subsidio + 52 y RAI
Asi es, por cronica se paga el 10%.  Mi tema es que por la osteoporosis grave, tengo que comprar cada mes un medicamento que cuesta 400 euros, es por dos años, no es cronica, pero tengo que pagar 160 euros.Anteriormente al ser conyuge de pensionista, solo paga 18 euros. Bueno pues lo asumo, antes no cobraba los 480 euros y ahora si, pues ya esta.Pero de cualquier forma, el tema de los subsidios y subvenciones, etc.  requiere un tratamiento y que se reajuste un pelin, para no perderse.
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Rutilinda91 27/03/24 10:26
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Tienes razon.  Es una verguenza que no se haga de oficio y se comunique a cada interesado y por prensa o lo que sea.  Ya baticine que este temita, le va a costar al estado (o sea nosotros los ciudadanos), muchos miles de millones de euros . Pero, de donde los van a sacar.  Pues, en un gobierno de trislerismo como el que padecemos, podemos esperar cualquier cosa, pero no buena. Vaya panorama y futuro que se nos presenta.
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Rutilinda91 27/03/24 10:18
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Ya lo he entendido.En el caso de que en los datos fiscales , no vengan en el ajuste de 2023, hay que presentar la reclamacion 2019/2023 y tambien enviar la declaracion 2023.Pero en el caso de que si venga aplicado el ajuste para 2023, no es necesario enviarlo junto. Puedes enviar por un lado la reclamacion 2019/2022 lo antes posible, es obvio y por otro cuando quieras, la declaracion 2023, por la que nada tienes que reclamar, si ya viene aplicado.Creo es asi.De cualquier forma , muchas gracias por tu trabajo.
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