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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Recopilando situaciones de solicitudes de rectificación de autoliquidaciones:
por todos los casos expuestos desde el año pasado con respecto a si les figura ó no que un funcionario habilitado ha presentado la rectificación de autoliquidación de cada uno de los ejercicios anteriores no prescritos, se puede llegar a la conclusión que aquellas declaraciones que previamente fueron rectificadas por el motivo que fuese, dichas rectificaciones no figuran en los estados de esas declaraciones de ejercicios anteriores; por tanto, wue no figure ahora que no han sido presentada  por funcionario habilitado NO SIGNIFICA que no las hayan rectificado y presentado ya.

Se han publcado en este foro casos de que a algunos les han rectificado todas, a otros solo algunas y a otros ninguna, y todos los que estaban entre los 2 últimos casos tenían esas declaraciones una rectificación de autoliquidación anterior, y dichas rectificaciones previas no figuran en el expediente de las declaraciones de ejercicios anteriores afectadas.

No se puede hacer caso a lo que figure como estado de una declaración, salvo a la primigenia presentada y grabada, porque es evidente que no los actualizan.

He visto casos de jubilados mutualistas de enseñanza primaria con resolución estimatoria en 2024  de la devolución correspondiente a aportaciones a su mutualidad, presentada la solicitud de rectificación de autoliquidación en Regjstro en noviembre de 2023, y en el estado de sus declaraciones de ejercicios anteriores SOLO FIGURAN LAS ORIGINALES; es más, a este tipo de funcionarios ni el año pasado ni este les figuran en los datos fiscales el ajuste por aportaciones a mutualidades dt2, tienen que incorporarlo manualmente.
Otra razón para no hacer ni caso al estado de las declaraciones, es que a muchos contribuyentes les figura en Estado de Comprobando declaraciones de los ejercicios 2016 2018 2019.

Sin ser jubilados mutualistas funcionarios, las que he visto de jubilado  mutualistas y no mutualistas y que tienen rectificaciones de autoliquidaciones previas por la razón que fuese, con resolución estimatoria, nunca les han figurado ni les figuran las declaraciones rectificadas, SOLO FIGURAN LAS ORIGINALES 




#3873

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Por otra parte, se dice que han tenido tiempo suficiente para elaborar las rectificaciones, y posiblemente sea así, pero el año pasado lo primero que hicieron fue calcular el ajuste por aportaciones a mutualidades para que ya figurase en los datos fiscales del ejercicio 2023 antes de fin de plazodepresentación de la declaración de la renta, que fueron pongamos 3,5  millones de cálculos del ajuste cada uno de su madre y de su padre, todo ello coincidente en el tiempo con la tramitación, procedimiento  etc, de otras figuras tributarias, y con la elaboración de unos 20 millones de borradores y con la elaboració y presentación de pongamos 15 millones de rectificaciones de autoliquidaciones de jubilado  mutualistas más pongamos la comprobación de miles y miles de declaraciones rectificativas por otros motivos 



#3875

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En el supuesto de que nos abonen en lo que queda de año los atrasos, habrá que hacer declaraciones complementarias de los importes de cada uno de los años?
#3876

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No.

Un saludo.
#3877

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

¿Te devuelven lo tributado de más en el IRPF  y pretendes volver a declararlo como renta?
Tendrían que nombrarte Ministro de Hacienda, acabarías con el déficit en un plis plas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3878

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Voy a ser respetuoso, así respondes a alguien que pregunta algo que no sabe?
Y no quiero ser Ministro de Hacienda, pero como tú seguro que no.
Que tengas un buen día.
#3879

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

A este maleducado , lo mejor que puedes hacer, es pinchar en "ignorar".
Haces muy bien en preguntar.

#3880

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

¿Acaso no he respondido a tu pregunta? No todos reciben respuesta correcta a lo que preguntan y además gratis. 
Que no quieras ser Ministro de Hacienda no es motivo para tomarlo como poco respetuoso.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3881

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No tienes que declarar nada, es algo que es tuyo y te lo devuelven, bueno ya veremos si lo devuelven, porque hoy por hoy, nadie sabe que pasara mañana en este país aun llamado España.
#3882

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Cuando la evacuación del Sáhara me mandaron al paro e indemnizaron con 25000 ptas. Yo disfrutaba en El Aaiún de un buen estatus laboral. Para el cálculo de la pensión me desestimaron los años de mili. Al cotizar por encima del máximo he perdido renta. Etc.etc. Ahora ponemos el grito en el cielo por el retraso de las mutualidades. Cómo hemos cambiado...
#3883

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No, lo que nos devuelvan será una devolución de impuestos pagados de más en su día, por tanto no son rendimientos. Viene a ser igual que las devoluciones de cada año.
#3884

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Gracias por tu respuesta.
Un saludo