Creo que un año intenté calculármelo yo pero desistí. En mi caso, suelo apurar a los 1500 euros de dividendos anuales y por lo tanto mi tipo medio efectivo para el ahorro es muy bajo (de los primeros 1500 el tipo es 0%). Como me paso un poquito de los 1500 euros brutos de dividendo pues me sale un tipo un poco por encima de 0 y me devuelven 0,19 euros por doble imposición. Otros años me he quedado por debajo de 1500 euros y entonces la devolución por doble imposición era 0,0. Por estas cantidades no me he preocupado de hacer bien los cálculos pero el año que viene que quitan lo de los 1500 euros sí que me lo calcularé.
OK, entonces es lo mismo que he dicho yo. En el apartado de dividendos normales: como dividendo ponemos el importe neto tras la retención en origen pero antes de la retención en España y como retención ponemos la retención en España. Luego en la casilla 583, ponemos el bruto en origen (que no aparece en los datos fiscales) y la retención en origen (que tampoco sale en los datos fiscales).
Había entendido por el mensaje de crazybone que lo que estaba mal eran los datos fiscales para declarar los dividendos en el apartado de dividendos normales (casilla 024 este año).
En la casilla 024 te sale 0 porque no llegas a los 1500 euros de dividendos brutos, esos son los ingresos. Las retenciones que has introducido en la ventana emergente te aparecerán más adelante en la casilla 591.
En mi caso, las acciones las tengo en ING y ellos declaran los dividendos extranjeros de forma que en los datos fiscales de Hacienda incluyen el dividendo neto extranjero (el bruto - lo retenido en el extranjero) y lo retenido en España (en tu caso 0 pero en el mío no) como si fuera un dividendo español normal.
Luego yo (esto no viene en los datos fiscales) he incluido en la casilla 583 el dividendo bruto en el extranjero y los impuestos pagados en el extranjero. Todo esto para unos maravilloso 0,19 euros de reducción por doble imposición.
Vamos, no es que ING (el bróker es R4) sea ningún ejemplo en cuanto a rellenar correctamente los datos fiscales pero en este caso he seguido lo que ellos han preparado.
De todas formas incluir o no la deducción por SS no afecta al resultado de la declaración. Si lo pones, aumentas el importe íntegro del salario en esa cantidad pero luego la aplicación se lo resta para sacar el neto. Si no lo pones, pues obtienes el mismo neto.
Yo acabo de hablar por teléfono con Hacienda y aunque el caso es distinto ya que cobrará de FOGASA en 2013 o 2014, cuando le he preguntado si al pagar el FOGASA el neto de una nómina le puedo añadir la retención que dijo la empresa que hizo, me han dicho que sí. Ahora, igual llamo mañana y me dicen otra cosa.
Gracias, Iguolada. Tengo más o menos claro que para la declaración de 2012, deberá declarar lo realmente cobrado y en los meses cobrados parcialmente añadir la retención y la SS proporcionales según lo que pone la nómina y lo que cobró realmente.
Lo que ya no tengo tan claro es que pasará cuando el FOGASA pague. Por ejemplo si la empresa dejó por pagar las siguientes cantidades
6.000 bruto
600 retención
400 SS
5.000 neto
Todo ello cantidades que no se han incluido en la declaración de 2012.
Luego viene el FOGASA en 2014 y paga 2.500 euros.
En mi opinión, pero es sólo una opinión, habría que hacer una declaración complementaria añadiendo a la que ya se hizo entonces las siguientes cantidades:
3.000 bruto
300 retención
200 SS
2.500 neto
por que entiendo que FOGASA pretende compensarte el salario neto no cobrado de un salario que la empresa dice que pagó con su retención y su SS pero que no se pueden incluir en la declaración hasta que no se ha recibido el pago correspondiente.
Yo estoy intentando que Hacienda me lo aclare pero en cuanto hago una pregunta de más, ya me dicen que me tienen que pasar con alguien que sabe más pero luego se corta la llamada.
Tengo un familiar en una situación parecida a la tuya aunque con unos meses de retraso por lo que el FOGASA todavía no ha pagado. No sé si te puedo ayudar pero por tu pregunta inicial entiendo que sí cobraste 16 días de enero de la empresa por lo que deberías incluir el importe íntegro, la retención y la SS proporcionales según el neto que cobraras.
Por otro lado, una pregunta, ¿sabes cómo ha calculado el FOGASA esos 3363,33 euros? Por los datos que pones, la empresa te debía pagar en esos dos meses y medio 6307,86-1009,25-400,55 = 4898,06 netos. Como si te pago 16 días de enero, el neto pendiente es menos pero sale un poco más que esos 3363,33 euros. ¿Esa cantidad era el neto que te debían? ¿el bruto?
Por último, en cuanto a como añadir lo pagado por FOGASA yo no tengo tan claro que se deba añadir tal cual sin retención ni SS. En esta consulta, Hacienda contestó a un caso similar al tuyo y aunque esté escrito para que no se entienda yo diría que sí que hay que añadir la retención y la SS de la parte proporcional que te está pagando FOGASA.
http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?Consulta=gastos+deducibles&Pos=562
Vamos yo entiendo que el FOGASA te paga el neto de un salario que tu empresa dijo que te pagó y que hizo la retención y pagó las cuotas de la SS correspondiente.