Ha respondido al tema
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Ya me perdonareis pero no entiendo que os cueste tanto calcular si os lo han aplicado bien ó no, lleva un poco de tiempo pero tampoco es complicado el tema.A parte de lo que se ha comentado ampliamente en el hilo para el cálculo, el único dato relevante a tener en cuenta es el año de acceso a la jubilación, para saber si hay que aplicar los porcentajes sobre 35/35’5 ó 36 años ó los años que exigía el INSS en el momento de jubilarse, no hay más.En mi caso jubilación 2020 = 36 años exigidos y me cuadran los cálculos de lo que me han minorado en 2023 perfectamente, declaración presentada y sin ningún temor, al fin y al cabo la manera de calcularlo viene bien claro en la Sentencia del Supremo y punto.