Me parece muy buenas idées, gracias.Y si se pusieran gastos de arreglos/reposicion de pequeñas cosas cuando se va un inquilino y se firma un contrato con otro, cosas que tienes que hacer por ti mismo porque si quisiera venir un profesional no sería "muy rentable" ( me refiero a cosas como cambiar bombillas/un enchufe roto/arreglar una puerta de cocina descolgada......y mil cositas que suelen dejaete cuando se van.... ) ?
Buenos días,Tengo un caso muy similar, entiendo perfectamente lo que "Inversor2023" escribió, Pero no sé donde tengo que entrar los datos de estos 2 conceptos: (este año han cambiado toda la forma de entrar los datos de los pisos alquilados...):- Amortizaciones: ¿ en que Apartado/Casilla ?- Reparaciones: (solo encuentro un apartado "Otros gastos fiscalmente deducibles"Saludos y gracias por la ayuda que prestáis, se aprecia...mucho.
O. K. Voy a seguir por adelante esperando que la operación llegue a buen puerto y luego esperare a ver si AEAT me pide algo más...A propósito, hay un punto que no tengo muy claro, dices " Insisto en que el valor de referencia no es vinculante para ti en IRPF" . Entonces ? Que valor es él vinculante que tiene en cuenta AEAT? El Catastral ? El de mercado? U otro.?
Gracia Euroramon, no obstante un forero me pone "problemas con una más que posible revisión de precio y de ganancia patrimonial. Paralela más posible multa".A pesar de ser todo real (sin trapicheo,quiero decir) ? Es posible que hacienda me haga una revisión de precio? y me imponga una ganancia patrimonial extra no declarada ((? Complementaria, con multa?) Porque si realmente pueden hacerlo, no van a dejarlo pasar! ( y en este caso, al final pierdo en el precio del piso, que quiero quitarme de encima por el barrio/ vecinos etc..., y encima tengo que pagar más a hacienda que lo que realmente me corresponda) .....?