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Participaciones del usuario taranina

taranina 14/05/24 19:31
Ha respondido al tema Regla de los 2 meses
Muchas gracias por tu rápida contestación carlosocean: Deberías hacer una complementaria de ese año y marcar la casilla de esa minusvalía como pendiente de aplicación. Eso es lo que esperaba que me dijeras para que tuviera sentido. He vendido esas acciones empresa X(Mercado USA) en Diciembre 23, ¿seguiría teniendo sentido hacer la complementaria o podría darse por bueno ante Hacienda, entre las rentas 22 y 23? Sobre CFDs, FI, ETFs también es aplicable la regla de los dos meses. No se considera el CFDs como un derivado? Por lo demás, no entiendo como habiendo miles de acciones vuelves a comprar un valor que anteriormente no funcionó como esperabas aunque este comentario solo es una opinión. Respeto tu opinión , pero creo que después de 11 meses cualquiler empresa puede cambiar, técnica o fundamentalmente para volver a invertir. El caso de la empresa X no es real, pero me servía para intentar entender como solucionarlo y me lo has dejado claro, si se ha hecho algo que incumple la norma, hacer complementaria y solucionarlo ante Hacienda.La disyuntiva en la que me encuentro es que suelo operar acciones con venta de call o venta de diagonales call, controlando la delta. Este movimiento hace que algunas veces tenga que vender las acciones con pérdidas, aunque lo recupere con creces en el cierre de las opciones o las diagonales. De esta manera se me han producido venta de acciones con pérdidas y al poco tiempo (1, 2 o 3 meses) he vuelto a abrir otra compra de la misma accion subyacente con su consiguiente contrapartida en opciones. Aunque no haya perdido dinero, si que la parte de las acciones me deja fuera de juego con la norma.No tengo claro como poder solucionarlo.Gracias por tu interés.
taranina 14/05/24 16:43
Ha respondido al tema Regla de los 2 meses
Buenas tardes Carlosocean:Tengo muchas dudas sobre este tema de los 2 meses y ahora se agranda con lo de 12 meses. Te rogaría me contestaras ya que me implica directamente, a lo siguiente.En Noviembre 22 vendí acciones de empresa X(Mercado USA), con pérdidas y en Renta 22 deduje la minusvalía.En Septiembre 23 volví a compras acciones de empresa XDe lo que has expuesto, entiendo que no debía deducirme la minusvalia de 2.022?Puedes decirme que tratamiento tienes otros instrumentos financieros como opciones, CFD, Bonos. todo ello con relación a la recompra.Te agradecería tu contestación, a ver si consigo ir aclarándome.Gracias y un saludo,
taranina 18/03/24 17:43
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Efectivamente, sino le das a Reinvertir, creo que dos días después del vencimiento las tienes en tu cuenta asociada. Un saludo,
taranina 08/03/24 14:14
Ha comentado en el artículo Calendario de próximos dividendos del Ibex 35 en 2025 [1º y 2º trimestre]
Buenos días:Hay algo que no entiendo... Por lo que explicas al principio, la fecha ex-dividendo siempre es anterior a la fecha de pago, por lógica.En DAX, CAC y FTSE la fecha de pago es anterior a la fecha ex-dividendo. Quizá no lo he entendido bien. Gracias y un saludo,
taranina 13/02/24 12:30
Ha comentado en el artículo Mejores brokers para operar con opciones 2025
Nunca te pasó, hasta que pasa. Lo increible es que no te dan soluciones.
taranina 13/02/24 11:34
Ha comentado en el artículo Mejores brokers para operar con opciones 2025
Interactive Brokers parece bueno, pero hay que llevar cuidado. De pronto te anulan la operativa en opciones financieras, tanto de compra como de venta, sin decirte claramente el porqué.
taranina 24/10/23 17:50
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Las dudas que tienes las he puesto en mi explicación. Leelo de nuevo.Siempre se declaran en el ejercicio que vencen las letras.
taranina 24/10/23 08:20
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Veo que tienes un "lío" con la declaración de rendimientos.Cada L.T. que venza produce unos intereses, cada uno de estos intereses tienes que declararlos, en el ejercicio que corresponda.Te pongo un ejemplo:Contrato una L.T. el 3/3/23 vencimiento 3/9/23 y me dan 15€ de sobrantes, el día 3/9/23 tienes devengados los 15€ y tienes que declararlos en la renta de 2023.El 3/9/23 renuevas la L.T. para el 3/3/24 y te dan otros 17€, el día 3/3/24 tienes devengados los 17€ y los tienes que declarar en renta de 2.024No importa que renueves o no, cada vencimiento de L.T. se generan unos intereses que vienen a ser los sobrantes que cobrastes cuando contrataste la L.T.Espero te sirva, saludos
taranina 20/10/23 09:36
Ha comentado en el artículo Bankinter/Equiduct ese gran Club Tropicana.
Aunque compres y vendas en el mismo día supongo que pagarás el mínimo por custodia.
taranina 12/10/23 20:06
Ha respondido al tema Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Los sobrantes no dejan de ser otra cosa que los intereses recibidos y efectivamente se pueden descontar, a efectos de irpf los gastos de la transferencia (0.15%).Lo que cambia con los sobrantes respecto a los intereses es la fecha de devengo. No son intereses hasta que se venza la letra del tesoro y no cuando los recibes.Saludos,