Buenos días Kirarm,
Si que puede reclamar los gastos hipotecarios, si procede, ya que no han transcurrido 4 años de la extinción de la relación contractual.
saludos,
Vicente Beta-Frigola - @vbeta_
Abogado
Ha comentado en el artículo Pasos a seguir para reclamar los gastos de formalización de la hipoteca: Resumen del Webinar
Buenos día Javierto,
Mándame un email con tus datos a [email protected] y te pasaremos un presupuesto sin compromiso. Así podrás valorar que es lo que más te conviene. si lo prefieres también me puedes llamar al 963531054 y te resuelvo las dudas que puedas tener.
un saludo,
Vicente
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Vicente Beta24/02/17 11:30
Ha comentado en el artículo Todo lo que debes saber sobre la cláusula suelo: Resumen del Webinar
Buenos días,
Me alegro que te gustara el webinar. A mi me parece un asunto apasionante.
Si no recuerdo mal, lo que dije al respecto en el webinar coincide con el defensor del cliente en cuanto que el Banco ha actuado de forma correcta pues el banco contrató de profesional a profesional y por lo tanto no se le aplica la Ley de Consumidores y Usuarios.
A mi juicio, entiendo que si que se puede reclamar pero contra la promotora que es la profesional en este caso y que ella asuma dicho gastos frente a la entidad financiera no implica que te los deba repercutir a ti.
En cuanto a la fundamentación jurídica entiendo que sería la misma. Vulneración del artículo 89 de la Ley de Consumidores y Usuarios.
Atentamente,
Vicente Beta-Frigola
Muchas gracias a todos los asistentes y, como no, a Rankia. Ha sido un verdadero placer realizar este webinar hoy en compañía de todos vosotros.
Os dejo mi contacto ya que muchos lo habéis solicitado: [email protected] y [email protected]
A lo largo del día de mañana intentaré contestar a las preguntas que me habéis realizado en el hilo de este foro.
De nuevo muchas gracias a todos, nos vemos en el próximo webinar.
Un abrazo.
Vicente Beta-Frigola
Ha escrito el artículo Cláusulas suelo buenas intenciones, cero obligaciones
Vicente Beta19/01/17 17:30
Ha comentado en el artículo ¿Y ahora qué? analizando el dictamen sobre las cláusulas suelo
Buenas tardes,
Entiendo que la única defensa que tendrían sería alegar prescripción de la acción por haber pasado más de 4 años desde que se extinguió la relación contractual.
Un saludo,
Vicente Beta-Frigola, @vbeta_
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Vicente Beta16/01/17 16:52
Ha comentado en el artículo ¿Y ahora qué? analizando el dictamen sobre las cláusulas suelo
Buenas tardes,
No exactamente, ya que la causa de pedir es distinta. Lo que realizan la mayoría de despachos es en una misma demanda acumular 2 acciones. La primera acción sería la declaración de nulidad y la segunda, la reclamación de cantidad derivada de la primera.
En tu caso veo que únicamente has interpuesto la primera acción por lo que “cosa Juzgada” será únicamente la declaración de nulidad. La reclamación de cantidad no se habrá juzgado todavía.
Un saludo,
Vicente Beta-Frigola @vbeta_
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Vicente Beta16/01/17 11:52
Ha comentado en el artículo ¿Y ahora qué? analizando el dictamen sobre las cláusulas suelo
Buenos días,
En ningún caso el Juez se puede pronunciar sobre algo que no has pedido ya que eso causaría indefensión al banco.
Si solo presentaste demanda solicitando la nulidad de la “cláusula suelo” por abusiva, el Juzgado solo se va a pronunciar sobre la nulidad de dicha cláusula. En caso de obtener una resolución favorable, tendrás que presentar nueva demanda de reclamación de cantidad en la que solicites la devolución de lo cobrado de más, la cual la tendrás ganada al 100%.
Espero haber resuelto la duda. Un saludo y gracias a ti
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Vicente Beta09/01/17 11:40
Ha escrito el artículo ¿Y ahora qué? analizando el dictamen sobre las cláusulas suelo
Vicente Beta28/09/16 12:52
Ha comentado en el artículo La promotora ha quebrado, ¿Dónde está mi dinero?
Hola slafuente,
Gracias por tu comentario.
En principio no debería de haber problema, dado que nos es indiferente la forma jurídica adoptada por la promotora, por lo que debemos exigir avales en cualquier caso.
Respecto a la responsabilidad bancaria por las cantidades depositadas a mi entender también es exigible.
saludos,
Vicente.