Siguiendo las directrices del Consejo de Sabios, el ministro de Hacienda ha decidido que ha llegado la hora de simplificar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Cristobal Montoro anunció hace unos días que se van a reducir el número de tramos del impuesto. Actualmente el IRPF tiene siete tramos en su parte estatal y tras la nueva reforma fiscal sólo habrán cinco.
En los últimos años la cantidad de tramos del IRPF se ha visto modificada. El Gobierno de Zapatero elevó el número de tramos de cuatro a seis y, con el cambio de Gobierno y la llegada de Rajoy a la presidencia, el número total de tramos pasó a ser de siete.
En relación con la intención que tiene el Gobierno de simplificar el funcionamiento del IRPF, hay que señalar que, la mayoría de estudios académicos en materia fiscal indican que un mayor número de escalones no tiene por qué implicar una mayor progresividad, los mínimos exentos o la parte de renta que no tributa, pesan más que los tramos y tipos crecientes en la progresividad del IRPF.
Problema con las Comunidades Autónomas
Hacienda comparte las competencias sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas con las Comunidades Autónomas. Estas competencias permiten, entre otras cosas, a las CC.AA. modificar el número de escalones en el IRPF y los tipos impositivos del mismo.
Hasta el año 2011, ninguna CC.AA. había utilizado su capacidad normativa para modificar los tramos autonómicos del IRPF, pero con la llegada de la crisis, comenzó la barra libre de modificaciones de los tramos autonómicos. Así pues, actualmente los tramos establecidos por cada Comunidad Autónoma en el IRPF son:
Número de tramos | Comunidades Autónomas |
4 |
Aragón
Castilla-La Mancha
Castilla y León
Galicia
Islas Baleares
La Rioja
Madrid
|
6 |
Andalucía
Cataluña
Murcia
Valenciana
|
7 | Asturias |
8 | Cantabria |
10 | Extremadura |
El problema con las Comunidades Autónomas surge cuando con la entrada de la nueva normativa fiscal en la que se reducirán a cinco los tramos de la parte estatal del IRPF, los contribuyentes no percibirán en gran parte dicha modificación si las Comunidades Autónomas continúan gozando del poder que les permita mantener los tramos autonómicos del impuesto como hasta ahora. La experiencia indica que es muy complicado arrebatar competencias a las CC.AA., una vez que les han sido asignadas.
Siguiendo con el poder de las CC.AA. dentro del IRPF, el informe elaborado por la comisión de expertos, además de recomendar la simplificación del IRPF, también aconsejaba limitar la autonomía fiscal de las CC.AA. para que no pudieran fijar tipos impositivos superiores a los establecidos por el tramo estatal. En este sentido, hay CC.AA. cómo Andalucía, Asturias y Cataluña que han fijado su tipo impositivo máximo para el año 2014, en el 56%. Por contra, la Comunidad de Madrid ha reducido su tipo máximo impositivo del año 2014, situándolo en el 51,5%.
Diferencias entre CC.AA.
Analizando el tema desde otra perspectiva diferente a la Gobierno estatal-CC.AA, vamos a realizar un pequeño análisis en el que compararemos el impacto, de esta libertad de aplicación, en el IRPF de dos contribuyentes de diferentes CC.AA.
Madrid | Cataluña | |
Nº de tramos | 4 | 6 |
Tipo impositivo máximo | 51,5% | 56% |
Tipo impositivo mínimo | 23,90% | 24,75% |
Tipo impositivo medio | 37,70% | 40,38% |
En muchos casos, el exceso de libertad de las CC.AA. lleva a situaciones como esta en las que dicho poder afecta a la eficacia de ciertos ajustes adoptados por el Gobierno central. Además, dicha libertad, conlleva que dos contribuyentes con las mismas características que viven en dos CC.AA. distintas tributen de manera diferente por los mismos conceptos.