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Blog de economía doméstica y pequeñas empresas
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Debate de ideas, financiación y formación financiera básica
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Todas las empresas tienen obligaciones legales y fiscales en cuanto a su contabilidad , sin embargo la contabilidad la realiza la propia empresa , para evitar que los balances resultantes pudieran ser una mera declaración de la única parte implicada ,existe un contraste que es la propia declaración fiscal del impuesto de sociedades y la  consecuente publicación de dichas cuentas en los registros.
En relación a una consulta en el foro pretendo desarrollar una idea que tal vez sea de utilidad a algunos de los rankianos, si bien es muy probable que muchos ya lo utilicen en sus empresas.
Recomiendo además un orden absoluto en toda esta documentación, pensemos que una buena presentación y documentación muy completa supone en la mayoría de ocasiones que su análisis sea agradable a nuestro interlocutor en la entidad financiera, y sin duda despachará nuestro expediente con más rapidez que otro al que le falten documentos o que su presentación sea deficiente.
El balance de situación de una empresa que obviamente se genera a través de los registros contables de cada operación económica que efectuamos tiene dos grandes áreas, el activo que contiene los bienes y derechos propiedad de la empresa y el pasivo, que contiene las deudas y las obligaciones económicas contraídas.
Sé que tal vez este post es algo inoportuno, porque plantearse hoy un artículo que en parte pretende comentar sobre el pago de dividendo, cuando buena parte de las empresas no pueden plantearse otra cosa de su reinversión, y ello en el caso de que el resultado sea positivo, es que es para darme alguna colleja virtual, que supongo que caerá, en fin es un riesgo que asumo.
Recientemente hemos leído en prensa que los jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea pidieron a los grandes bancos que se recapitalicen antes del 30 de junio de 2012, hasta lograr un ratio de capital de calidad del 9% .
En mi vida profesional me he topado con algunos profesionales (sean por cuenta propia o por cuenta ajena) que se creen imprescindibles o actúan de manera que su trabajo se convierta en ello, entendiendo, yo diría que “mal entendiendo” que si resguardan la información, la sistemática, las formas de administración o gestión, sus trabajos o contratos quedan y quedarán a buen resguardo.
En toda esta serie de publicaciones sobre la gestión del riesgo comercial de clientes, hay un concepto que se repite en cada ocasión, se trata del RIESGO DE DISPUTA COMERCIAL.
El contrato de confirming es un tipo de servicio financiero, que está en el catalogo de productos de casi todas (sino todas) las entidades financieras españolas
El factoring supone la cesión por parte de la empresa de las facturas que tiene contra un cliente a una entidad financiera, denominada factor.
Consejos ofrecidos por W.Petersen sobre los aspectos más importantes que las pequeñas y grandes empresas debe tener en cuenta a la hora cubrir el riesgo comercial.
La Central de Información de Riesgos (CIR) no es un registro de morosos, sino un gran banco de datos en el que se recogen todos los riesgos que tienen las entidades de crédito con sus clientes (créditos o préstamos concedidos, avales otorgados, valores propios de renta fija, etc.) por encima de los 6.000 euros.
Hace ya más de un año publiqué en el foro de Rankia un artículo en relación a los avales ante entidades financieras , en el presente post, pretendo una reflexión sobre el mismo tema, pero bajo la perspectiva empresarial, la cual tiene ciertas diferenciaciones conceptuales, no en cuanto a sus efectos, que son exactamente idénticos, sino sobre su necesidad y el porqué.
La economía española sigue “sin levantar cabeza”, algunas ven “brotes verdes”, pero me parece que los demás no los vemos por lado alguno, es más, puede que estemos tocando fondo, sin embargo no se ve todavía en el horizonte el periodo de estancamiento que suele llegar tras cualquier crisis, antes de proceder a un despegue (ligero o no).
En mi primera parte de este “serial” de post’s, indiqué las posibilidades de “subcontratar” nuestra cobertura del riesgo comercial (de impago) que lleva intrínseco cualquier empresa, con el presente, y pidiendo de antemano disculpas por su extensión (el tema, en su globalidad, entiendo que es complejo), pretendo detallar las posibilidades que tenemos para cubrirlo.
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