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Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web

Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web

La presentación de la declaración complementaria se debe realizar en aquellos casos en los que el contribuyente haya observado alguna errata en su Declaración de la Renta ya presentada por Renta Web, que suponga un aumento o reducción de ingresos dependientes de ésta. También deberá realizarse si el contribuyente tiene por objeto incluir perceptores que, debiendo haber sido incluidos en otra Declaración de IRPF de un ejercicio anterior, hubieran sido completamente omitidos en la misma. Por tanto, en la declaración complementaria solamente se incluirán las percepciones omitidas que motivan su presentación.

Declaración complementaria

 

Declaración complementaria: cuándo se presenta

Deberán regularizarse mediante la presentación de una declaración complementaria: 

  • Los errores u omisiones padecidos en declaraciones ya presentadas que hayan motivado un ingreso inferior o una devolución superior a la procedente.
  • Las pérdidas del derecho a reducciones o exenciones aplicadas en declaraciones anteriores. Es importante saber que la pérdida del derecho a deducciones se regularizará en la declaración correspondiente al ejercicio corriente, aplicando los correspondientes intereses de demora.
  • La Agencia Tributaria, en los datos fiscales que pone a nuestra disposición, comunica separadamente los rendimientos del trabajo en concepto de atrasos, puesto que se regularizan por declaración complementaria.

Declaración complementaria: cómo se presenta

A continuación, te mostramos cómo realizar una declaración complementaria a través del programa Renta Web

Paso 1: Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)

Lo primero que debemos hacer es acceder al servicio de Tramitación/ declaración (Renta Web). Para ello, deberemos facilitar nuestro número de referencia, la cl@ve PIN, o con certificado electrónico o DNIe. 

                                                           Declaración complementaria                               

 clave pin referencia certificado

Paso 2: Modificar declaración

 

A continuación, verás la opción "Servicios disponibles". Deberás seleccionar la opción "modificar declaración". 

 

Servicios disponibles

En el caso de que ya tengas una sesión iniciada en Renta Web, existe una opción  "Modificar declaración presentada", que en caso de que la selecciones, mostrará un listado de declaraciones presentadas desde el cual puede recuperar la declaración original.

Modificar declaraciónUn aviso informará de los supuestos en los que se puede presentar una declaración complementaria o una rectificación de la autoliquidación.

Aviso complementaria

Paso 3: Motivo de presentación

En la página 3 de Renta Web debemos especificar el motivo por el cual realizamos la declaración complementaria. En el supuesto de que de la declaración complementaria resulte una cantidad a devolver inferior a la solicitada en la declaración anterior y dicha devolución no hubiera sido todavía efectuada por la Agencia Tributaria; se seleccionará la casilla 107.

 

Página 3 Declaracióncomplementaria

En caso contrario, deberemos señalar la casilla "por razones distintas", y especificar la razón.

En función de la opción seleccionada puede aparecer una ventana emergente en la que deberás marcar la casilla correspondiente al tipo de declaración complementaria y completar el importe, a ingresar o a devolver, de la anterior declaración presentada.

 

Tipo declaración complementaria

A continuación puede aparecer un aviso para que compruebes la opción de tributación seleccionada.

Aviso modalidad

Accede a los apartados de la declaración para realizar las modificaciones correspondientes.

Apartados

Por último slecciona el otón de "presentar declaración"

Presentar declaración

 

Recuerda que deberás consignar, si procede, la cantidad ingresada en su día o la devolución acordada.

También puedes acceder  desde la declaración presentada a estas casillas desde la opción "apartados" , tal y como se observa en la imagen. Recuerda que una vez hayas introducido los datos, puedes comprobar el resultado de la declaración desde "Resumen de declaraciones".

El resultado de la declaración complementaria siempre es una cantidad a pagar del rendimiento omitido, ya que se están incluyendo perceptores, o rentas recibidas que generan una cuota tributaria positiva, por lo cual la cuota tributaria será mayor a la retención practicada en los atrasos.

Ciertas cuestiones importantes a tener en cuenta una vez hemos realizado la declaración complementaria:

  • Si accedes con referencia tendrás que contactar con su Entidad Bancaria para obtener el NRC justificante del pago.
  • Si accedas con certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN podrás obtener el NRC justificante del pago a través de la pasarela de pago desde la opción disponible en el propio programa al presentar la declaración, o desde la opción "Pago de impuestos" de la Sede Electrónica.
  • Otra alternativa sería la obtención de la predeclaración para presentarla en papel donde proceda.

Si tiene más dudas sobre la Declaración del IRPF puedes consultar el foro de fiscalidad.

Foro de fiscalidad

  1. Nuevo
    #460
    05/07/18 17:54

    Vendimos acciones de 1989. El banco no nos facilita el precio de compra. ¿Debo hacer declaración complementaria? Cómo obtenemos el impreso de declaración complementaria

  2. Nuevo
    #459
    02/07/18 20:07

    Buenas tardes, me hicieron la declaración de renta 2017 en principio salia positiva despues a los pocos dias y dentro del plazo me hicieron una complementaria por haber omitido algunos conceptos y la complementaria salia a devolver, es normal que me cobren la primera cuota de la declaración primera habiendo presentado una complementaria a devolver.
    Gracias

  3. Nuevo
    #458
    11/06/18 18:11

    Buenas tardes,
    He recibido 2.342,32 euros de atrasos por rendimiento de trabajo durante el año 2017 con una retención de 426,13 euros. Cuando hago la complementaria del 2016 en la que me devolvieron 130 euros, me sale que tengo que pagar 510 euros. Alguien me puede explicar como es posible esto si hago todos los pasos que me indica el programa?
    muchas gracias

  4. #457
    10/06/18 14:30

    ¿Algún/a usuaria/o de Rankia que esté invertido/a en Darwinex (como inversor/a NO trader) podría informar cómo declarar una pérdida patrimonial habiendo iniciado 2017 con una cantidad x, con 3 aportes de x1, x2 y x3 y, sin haber retirado cantidad alguna, tenga un rendimiento de -x4 a 31-12-2017?

    No me valen respuestas como trader.

    Un saludo.

  5. Nuevo
    #456
    10/06/18 08:55

    Hola. En Abril de 2017 mi padre fallecio dejando una hipoteca avalada por sus cuatro hijos y una deuda fiscal, padecia alzhaimer pero su tutor legal no hizo su cometido. Se hizo su declaracion correspondiente al 2017 pero al hacer este año mi declaracion de la renta olvide por completo incluir la vivienda que como herederos consta que hemos heredado. Dicha vivienda se vendio para cancelar la hipoteca y la deuda con hacienda. Mi patrimonio no se incremento si no todo lo contrario. Añadiendo todo lo relacionado con los gastos ocasionado por los gastos despues del fallecimiento de mi padre.
    Que puedo hacer ahora para declarar dicha vivienda y evitarme sorpresas en el futuro?

  6. #455
    08/06/18 12:08

    Muy buenas, me han pagado en abril 2018, salarios de tramitacion (administrador concursal) 934 euros. Me han dado un certificado de retenciones 140 euros, donde dice que pertenecen al ejercicio 2015, y que hay que hacer complementaria de ese año 2015.
    Mi pregunta es si puedo declarar ese ingreso en la renta del 2018, porque supongo que el año que viene apareceran en los datos fiscales y en el rentaweb apareceran como datos no incorporados y diran que se haga complementaria 2015.
    En este mismo foro comenta Amparo Sisternes que si son cantidades pequeñas se pueden declarar en la renta del mismo año en que cobran. No se si 934 euros es cantidad pequeña como para NO hacer complementaria y declararlos en la renta del 2018.
    Muchas gracias.

  7. Nuevo
    #454
    02/06/18 13:48

    Buenas tardes,

    Expongo mi caso con la esperanza de recibir alguna ayuda al respecto. Gracias.

    En 2016 recibí una ayuda del SEPE, hice la declaración del 2016 en el 2017 con normalidad declarando las cantidades. En 2017 el SEPE me comunica que había sido más de lo debido, por lo que desde octubre de 2017 estoy devolviendo cantidades al SEPE por ingresos indebidos a razón de 62.3€ al mes.

    En los datos fiscales del borrador de la renta de 2017 me aparecen -186.90€ como rendimiento del trabajo correspondiente a ejercicio con devengo anterior al 2017, que debo regularizar (si procede) mediante complementaria.

    ¿Alguien podría por favor indicarme cómo debo proceder? Aún no he presentado la declaración del 2017 a falta de aclarar este tema.

    Muchas gracias por adelantado.

    Saludos.

  8. Nuevo
    #452
    31/05/18 23:46

    Hola, necesito ayuda.
    Estoy haciendo una complementaria ya que no se metió la venta de una cochera heredada donde tenia de ganancia patrimonial 20 euros. El problema es que me da error indicandome que no selecciono la casilla correcta para tributacion conjunta en complementaria. Yo he seleccionado la 107, debo de marcar otra? Aun sigue estando en tramite y no me han devuelto por lo que marque la 107.
    Muchas gracias de ante mano

  9. Nuevo
    #451
    22/05/18 13:25

    Buenas tardes,

    en el certificado de retenciones e ingresos de este año tengo 3 pagos referentes a los años fiscales 2016, 2014 y 2013. Este pasado viernes fui a "Cita Previa" y la chica que me atendió me dijo lo siguiente: "los pagos de los años 2014 y 2013 no te los puedo incluir yo porque en Cita Previa solo podemos hacer complementarias del año anterior; respecto al pago del 2016, te lo incluyo como rendimientos brutos del año 2017". Es decir, no hizo NINGUNA complementaria, sino que aumentó en unos €€ el importe bruto que gané en 2017 (cuando realmente esos €€ pertenecían al 2016). Respecto a los pagos del 2014 y 2013, no hizo NADA y ahora no sé qué hacer. Le dije que no confirmara ese borrador porque mucho me temo está mal hecho (por una técnica de Hacienda...).

    ¿Qué puedo hacer?

    Gracias.

  10. #450
    22/05/18 13:25

    Hola buenos días, he recibido unos atrasos de 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, y 2016 el año pasado, con lo cual tendría que presentar complementarias ( son unos ingresos de unos 850€ cada año). Tengo un par de dudas, tendría que declarar los años 2010 al 2012? Porque me han comentado que eso ya ha prescrito con lo cual no tendría que declararlo. Y luego del 2013 al 2016 tendría que hacer complementarias, 2015 y 2016 están en renta web pero 2014 y 2013 no, como tengo que hacerlas? Si por favor me pueden ayudar. Gracias

  11. Nuevo
    #449
    18/05/18 00:05

    Buenas noches,

    Tengo que hacer una declaración complementaria, ya que en la renta del año 2015, desconte sueldos no percibidos por parte de mi anterior empresa (4445,58€). Estos sueldos fueron denunciados y finalmente fueron pagados por fogasa en el año 2017 (3753,93€).

    Lo que no tengo claro es lo siguiente:
    - ¿Tengo que hacer la complementaria dentro de la declaración que ya tengo presentada del año 2015 en aquel entonces? o
    - ¿Tengo que hacer la complementaria dentro de la declaracion del año 2017?

    Si es que haya que hacerlo en la declaración del año 2017, no me aparece la opcion que indicais "Modificación de declaración", ¿eso es porque aún no tengo presentada la declaración del año 2017? De tal manera que, una vez que presente la declaración del año 2017, ¿me apareceria esa opción y la complementaria tendria que hacerla a posteriori de haber presentado la declaracion de año 2017?

    El año pasado, en el año 2017, fogasa me pagó 3753,93 en concepto de sueldos y al hacer el borrador en la declaración de este año (2017) me aparece el siguiente aviso:
    "Pagos Fogasa - No se han incorporado algunos rendimientos del trabajo al tratarse de indemnizaciones pagadas por el FOGASA, revise y compruebe en su caso el año al que deben imputarse las mismas".

    ¿Que cantidad tengo que declarar la de 4445,58 o la 3753,93, imagino que esta última, no?

    Saludos.

  12. en respuesta a Davidfa
    -
    #448
    17/05/18 10:56

    Buenos días Davidfa,

    En mi opinión, deberías realizar declaración complementaria, al tratarse de atrasos.
    Un saludo

  13. Nuevo
    #447
    09/05/18 12:58

    Hola, el 31 de enero recibí el certificado de rentas de 2017. En dicho certificado también venían reflejados unos atrasos de los años 2014-2015-2016 (140 euros cada año). ¿Debo hacer una declaración complementaria de cada año o lo puedo incluir todo en la declaración de 2017?, gracias y saludos.

  14. #446
    08/05/18 19:32

    Buenas tardes,

    No sé si ya han resuelto el siguiente problema: El año pagado me pagaron unos atrasos (no llega a 200 euros) que corresponde al año 2016. En el borrador de este año si que me sale y me dice que lo debería de hacer como declaración complementaria. No he cambiado de empresa de trabajo desde hace 3 años. Es el mismo pagador ¿Estoy obligado a hacerla?
    Si es el caso que tenga que hacerla ¿como voy al enlace de la Renta 2016 para modificar? Creo que ya no existe.

    Muchas gracias de antemano por la ayuda y saludos

  15. en respuesta a Marta Espinosa C
    -
    Nuevo
    #445
    02/05/18 19:24

    Hola Marta, gracias por tu contestación, en principio tenia claro que tenia que hacer una complementaria , pero el problema es que no se como se hace

  16. en respuesta a mister
    -
    #444
    02/05/18 14:52

    Buenas tardes mister,
    Según el artículo 14.2 b) de la Ley de Irpf:
    "Cuando por circunstancias justificadas no imputables al contribuyente, los rendimientos derivados del trabajo se perciban en períodos impositivos distintos a aquéllos en que fueron exigibles, se imputarán a éstos, practicándose, en su caso, autoliquidación complementaria, sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno."

  17. Nuevo
    #443
    30/04/18 16:58

    durante el ejercio de 2017 he recibido unos atrasos de 240€ con una retencion de 50€ del año 2016
    donde los tengo que reportar en renta web

  18. en respuesta a Ronaldao
    -
    Luis Ángel Hernández
    #442
    30/04/18 12:15

    Has puesto que has vendido el piso en 2010?? si es así ya esos ejercicios han prescrito.

  19. en respuesta a rlc218
    -
    Nuevo
    #441
    27/04/18 06:29

    Hola, tengo una duda. Vendí mi piso en Enero del 2010 pensando comprar un piso en los dos siguientes años. En Enero de este año ha pasado el plazo y no he comprado nada sigo de alquiler.
    En la declaración del 2010 ya declaré la venta del piso pero añadiend o que pensaba invertirlo en otra vivienda.
    En este caso que debo hacer ¿una paralela o una complementaria?. ¿Que plazo tengo para hacerla sin penalización.?
    Gracias