Esta mañana me he quedado de una pieza cuando por dos veces seguidas me he topado con una figura jurídica nueva o, al menos, cuya existencia yo no conocía. Ha sucedido en dos juzgados diferentes del mismo pueblo de la provincia de Madrid.
La primera vez estaba examinando el expediente hipotecario 922/09 y en la Certificación de Cargas me encuentro con que después de la relación de las mismas y la identificación de la ejecutada por la tradicional fórmula de mencionar que "la misma estaba subsistente y sin cancelar", el registrador también mencionaba -al final del documento- que acababa de recibir por vía telemática un decreto judicial ordenando que se trabara embargo en virtud de la Ejecución de Títulos Judiciales 922/09 (mismo número de autos) por las mismas cantidades adeudadas en el procedimiento hipotecario 922/09.
¿Qué había pasado aquí? Lo ignoro
Pero es que inmediatamente después de esto me acerco por el juzgado vecino a recoger el Decreto de Adjudicación y los mandamientos de Cancelación de una subasta que me adjudiqué hace un par de meses (un 10 para el juzgado) y cuando me pongo a revisar los documentos para evitar recogerlos con errores me encuentro con los siguientes:
- La ejecución hipotecaria 472/10 se había convertido en ETJ 472/10
- En los mandamientos de cancelación de Cargas lo que se ordena cancelar no es la hipoteca ejecutada sino "la anotación preventiva de embargo que originó la adjudicación".
Naturalmente le hice ver ambos errores a la funcionaria quien, descojonada, me responde que siempre se hacía así en ese juzgado.
¿Cómo es posible, no ves que en el acta de subasta y en el Decreto de Aprobación de Remate tú misma escribiste que era la ejecución hipotecaria 472/10? ¿Cómo va a cambiarse el tipo de procedimiento casi al final del mismo?
Mis protestas no me sirvieron de nada, de manera que desde allí me he ido corriendo a pagar a Hacienda y luego al Registro de la Propiedad a ver qué me decía el registrador y, sobre todo, a que me diera por escrito sus objeciones para poder reclamar debidamente ante el juzgado.
Sin embargo, para mi sorpresa, el registrador se ha limitado a suspirar y me ha dicho algo así como que daba esa pelea por perdida y que hacía ya tiempo que no rechazaba los documentos judiciales de aquel partido judicial donde, por lo visto, estaba de moda disfrazar a las ejecuciones hipotecarias de ETJ.
Y hasta aquí la novedad, ¿habíais visto vosotros algo parecido antes?