Este fin de semana pasado se ha suspendido una subasta que me ha tenido muy cabreado desde hace quince días porque lo tenía todo para meterme de lleno a por ella excepto los huevos necesarios para superar la indefensión inconcebible a la que el juzgado nos estaba sometiendo a los potenciales postores.
Me refiero a esta subasta del Juzgado de Primera Instancia nº15 de Madrid: SUB-JA-2016-7554
Por favor, tomaros la molestia de echarle un vistazo.
Fijaros que aunque en la pestaña "Bienes" figure que lo que se subasta es un edificio en la calle Barquillo nº31, en realidad solo sale a subasta el 31% de la propiedad, como queda reflejado en el edicto de subasta.
O sea, que lo mínimo que se podría decir es que se trata de una subasta delicada y que antes de decidirse a pujar por ella habría que estudiar con mucho cuidado el expediente judicial porque de ninguna manera es lo mismo comprar el cien por cien de la plena propiedad de un bien inmobiliario que comprar solo una tercera parte del mismo inmueble.
¿No es cierto?
Vamos, que esto lo puede entender cualquiera, hasta el más burro.
Además, en este caso concreto ver bien los autos judiciales es aún más importante, si cabe, porque esta subasta se ha intentado celebrar en otras ocasiones y la parte demandante siempre ha conseguido suspenderla por errores en las actuaciones.
Se hace necesario, por tanto, conocer los motivos de las anteriores suspensiones y asegurarse de que no se van a repetir en esta ocasión.
No solo eso, sino que además el expediente judicial es del año 93.
¿Has dicho 93?
Sí, concretamente es el expediente 147/1993.
Es decir, nada menos que veintitrés años de incompetencia judicial manifiesta, veintitrés años de indigencia intelectual y veintitrés años de maniobras marrulleras al amparo del peor sistema judicial de Europa y en uno de los peores juzgados.
Por otro lado, alucinantemente, la Certificación de Cargas que han colgado en el portal del B.O.E. se refiere solo a la participación que sale a subasta, dejándonos huérfanos de información respecto a las otras partes indivisas del edificio.
¿Cuántas más partes indivisas existen? ¿A quién pertenecen? ¿Tienen cargas registrales?
Como si fuera lo mismo comprar un tercio de una propiedad cuyos dos tercios restantes pertenecieran a una sola persona y estuviesen libres de cargas registrales que si perteneciesen a veinte herederos diferentes y estuviesen llenas de cargas.
No solo NO es lo mismo sino que se trata de una información esencial para que un inversor se decida a afrontar o no semejante aventura.
Aparte del hecho de que de la lectura de esta certificación de la parte indivisa se deduce que el propietario trató de poner la propiedad a nombre de su esposa pero que "alguien", seguramente sus acreedores (o quien sea), le tumbó en los juzgados aquella maniobra.
O sea, que los demandados son gente de armas tomar y disponen de un buen abogado.
Por eso cuando hace dos o tres semanas me acerqué al juzgado para examinar el expediente me quedé de palo cuando me dijeron que allí ya nunca más se podrían ver los expedientes porque en el portal del B.O.E. cuelgan toda la información necesaria.
¿Que cuelgan queeeeee?
Y ahí empezó la pelotera.
Y ahí mismo se acabó inmediatamente porque ya son muchos años discutiendo con esta gente y se de sobra que no hay nada que un potencial postor pueda hacer o decir en un juzgado para intentar que entren en razón.
Pero al menos mis quejas sirvieron para que también subieran al portal de subastas la Tasación Pericial, que ahora se puede ver pero que entonces no estaba.
El caso es que esta subasta no me interesaba para mi sino para un buen cliente que estaba bastante interesado y a quien tuve que aconsejarle que se olvidara porque los imponderables de esta inversión eran demasiados y el juzgado en el que se iba a realizar no era precisamente ni ejemplo de transparencia ni ejemplo de competencia profesional.
Y unos días después tuve que decirle lo mismo a otro cliente que también se había enterado de la subasta y me pedía información.
O sea, que había interés en esta inversión.
Pero el juzgado no ofrecía confianza.
Y ahora me pregunto por qué se habrá cancelado la subasta.
¿Otra maniobra de los demandados?
¿Un nuevo error del juzgado?
¿Habrán conseguido los demandados vender su participación? Me consta que lo estaban intentando.
Se admiten apuestas...