Antes de ayer, martes 31 de marzo, quedaron desiertas todas las subastas señaladas en los juzgados de Madrid de la sede de la calle Capitán Haya. No hubo ningún postor. Ayer, miércoles 1 de abril, lo mismo. Y así desde hace semanas. El motivo es que las deudas hipotecarias por las que se celebran dichas subastas son demasiado grandes y superan ampliamente el valor real actual de las viviendas subastadas.
Ante la ausencia de subasteros, al banco no le queda más remedio que quedarse con la propiedad.
En España llevamos años legislando en contra de los subasteros:
- Primero eliminaron la posibilidad de ceder el remate en los procedimientos no hipotecarios
- Posteriormente eliminaron la cesión de remate también en los procedimientos hipotecarios.
- Además aumentaron las fianzas hasta el 30% del tipo de subasta.
Antes se lo adjudicaba y tenía ocho días para encontrar un cliente interesado en adquirir el piso, de forma que el subastero recuperaba la fianza en ocho días y retenía su dinero para nuevas inversiones inmediatas. Así, podía adjudicarse varias viviendas y encontrar cliente para casi todas, de manera que había un mercado que aseguraba a los bancos que sus créditos serían recuperados fácilmente en las subastas.
Actualmente, desde hace ya varios años, la imposibilidad de ceder obliga a los subasteros a replantearse la cantidad que puede ofrecer por las viviendas subastadas, que tiene que disminuir ya que ahora tiene que afrontar nuevos gastos: ITP, inscripción registral, cerrajero, mudanza, etc.
Eso no importaría si el legislador listillo hubiera acertado y los inversores particulares se hubieran multiplicado.
Pero por otra parte las subastas están llenas de marrones bien gordos como el de la mujer desesperada de "Esta subasta es una ruina" o el del "novato en subastas judiciales", que acongojan a los inversores particulares y les ahuyentan con razón.
Todos estos marrones judiciales que hay en las subastas se podrían evitar muy fácilmente con una legislación adecuada, pero eso no parece preocuparles a nuestros amados legisladores (políticos).
Conclusión, lo que se consigue eliminando la posibilidad de que los adjudicatarios puedan ceder el remate no es que participen más inversores particulares, y haya más competencia, sino que sigan participando los subasteros profesionales (los únicos que aún se atreven) pero que ahora el precio de las adjudicaciones baje y por lo tanto se vea perjudicado el crédito del actor o el ex-propietario, que recibe menos sobrante.
Y eso no es todo, mañana contaré cómo, por su parte, los juzgados tampoco se reprimen a la hora de dificultar todo lo que pueden la labor de los subasteros.
Pero eso será mañana...
Para enterarte bien del procedimiento te interesa leer:
1- Subastas judiciales, nociones básicas