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A propósito de las disoluciones de proindivisos, alguien muy sensato y que no quiere pelearse con su familia me envía la siguiente consulta:

 

(...) somos dos hermanos copropietarios de una casa de pueblo que era de mis padres, la casa está en muy malas condiciones, tiene planta baja de 7 m de fachada, imposible partir por la mitad y las golfas, que son las paredes y el tejado solamente. Queremos disolver la copropiedad y que sea uno u otro quien se quede con ella. El problema viene porque los dos la queremos y no nos ponemos de acuerdo ni en el precio que hay que ponerle. Yo digo que la sorteemos y que al que le toque le dé su media parte al otro y santas pascuas, pero la otra parte no quiere de ninguna manera renunciar a la casa, no se aviene a razones, dice que sorteemos arriba y abajo y que cada cual se arregle su parte de la casa como quiera, pero es que arriba solo están las paredes y el tejado y si me toca a mi tengo que hacérmelo todo nuevo y me es imposible. Para mi es indivisa totalmente, ya le he explicado el artículo 400, 1051, 1052, 1062, pero ella erre que erre. ¿Como podríamos convencerla de que llegue a un acuerdo sin pasar por el juzgado?

Ni se me ha pasado por la cabeza la idea de que partan la casa en dos. Mi respuesta ha sido más bien esta:

Si no llegáis a un acuerdo la vivienda saldrá en subasta y la comprará uno de los dos hermanos u otro cualquiera que pase por allí. Y del dinero recaudado en la subasta se descontaran las costas judiciales, minutas de los abogados y procuradores y el resto se dividirá por dos, la mitad para cada uno.

Dos buenos hermanos lo que harían si fueran listos es hacer la subasta entre ellos, comenzando desde 1.000 euros y subiendo hasta que uno de los dos ya no pueda pagar más. Sabiendo que la oferta mayor se dividirá entre dos y el ganador solo le tendrá que pagar al otro la mitad del precio acordado.

Sin gastos, sin impuestos, sin extraños, sin malos rollos... ¿Se puede pedir más?

Y vosotros, ilustres lectores que aún me aguantáis, ¿qué le habríais aconsejado?

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  1. #20
    19/05/10 15:24

    Yo le hubiese recomendado meterse a saco en una división judicial. Que los profesionales de la justicia también tenemos que comer.
    En serio... Si el otro hermano está empeñado en partir la casa en dos y no va a entrar en razón, es lo que va a terminar sucediendo, así que sólo cabría explicarle los costes de la operación para ver si accede a la subasta privada.

  2. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #19
    18/05/10 19:16

    Je-je, qué tiempos.

  3. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #18
    18/05/10 18:46

    En efecto, así ha sido en los casos que yo he tenido, pero en el primero justo antes de la 2ª subasta (era otra época), tras quedar desierta la 1ª.
    Y siempre recordaré cómo quedó desierta esa 1ª: acudió un grupo de subasteros, hablaron entre sí, entró sólo uno a la subasta, preguntó si la parte actora iba a pujar (que no) y le dijo/dictó a la Secretaria: "subasta desierta".

  4. Top 100
    #17
    18/05/10 18:41

    Quiero creer que la gran mayoría acaba pactando alguna de las soluciones que hemos apuntado entre todos y que solo terminan en subasta judicial los casos más extremos.

  5. #16
    18/05/10 18:31

    Pues yo creo que estáis exagerando con el tema de los costes judiciales. Mi propuesta es la de presentar la demanda, como (única ya, por lo visto; la alternativa es seguir mareando la perdiz) forma de que reaccione la hermana.
    Los costes serían los del abogado por presentar la demanda (40 % de los honorarios por el pleito completo, y siempre pactable) y del procurador, más una tasación previa seguramente, que obviamente deberían compartir al llegar a un acuerdo antes de ni siquiera contestar la demanda.

  6. en respuesta a Draco
    -
    #15
    18/05/10 17:55

    Totalmente de acuerdo Draco. El problema casi siempre viene dado por la falta de entendimiento de los comuneros, sobre todo si se encuentran vinculados por razones de parentesco que, entre disputas o roces familiares, no saben encontrar la solución más racional posible - valor sentimental ... - y no queda otra solución que subastar judicialmente la finca en cuestión, con la consiguiente pérdida para los mismos. Soluciones hay muchas y buen ejemplo son las apuntadas por algunos lectores de este blog, aunque yo me inclinaría por la facilitada por Tristán. Por ello, siempre es muy complicado disolver una comunidad en proindiviso cuando los comuneros no consiguen ponerse de acuerdo. Un saludo.

  7. #14
    18/05/10 15:20

    Lo que propone Tristán es una solución bastante racional, sobre todo pensando que una casa de pueblo no tiene un gran valor, las costas y gastos se iban a comer todo. Llevar la división de un proindiviso al juzgado entre hermanos tiene que ser ya un caso muy extremo. Aparte la enemistad que se genera... ¿No es mejor fijar un precio por la casa y rifársela? Es de sentido común.
    Saludos

  8. #13
    18/05/10 14:13

    Yo me quedo con la solución de Tristán.
    Aunque la de los "sobres cerrados", y la de "uno pone precio y el otro elige" tampoco son malas.

  9. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    Top 100
    #12
    17/05/10 23:44

    Casa valorada en 500.000 euros...

    hermano A pagando un piso, con 10.000 euros en el banco y sin posibilidad de endeudarse.

    hermano B con posibilidad de endeudarse en 100.000 euros...

    echa las cuentas...

    Depende del valor de piso y de las disponibilidades de los hermanos y si no tienen posibilidad ni de hacer la reforma...

    pues eso...

  10. #11
    El sujeto pasivo
    17/05/10 21:34

    La hermana es dura de mollera, igualita que el perro del hortelano.

    Sólo tiene dos opciones:

    1.- Dejarla salirse con la suya. Él pierde.
    2.- Forzar la subasta judicial. Pierden los dos, pero al menos conseguirá satisfacer su necesidad a buen precio.

  11. #10
    17/05/10 20:06

    Tal como están las cosas no tiene facil solución.
    - Lo ideal sería venderlo. Así cada uno obtendría en justicia la parte que le corresponde.
    - Como lo anterior no puede ser, se podría repartir. Si la normativa municipal no admite segregar, se podría intentar ir a la Ley de División Horizontal, a ver si así... De conseguirse, ambos deberían sufragar el acceso independiente a la planta alta desde la calle. Luego cada parte puede vender su finca. Seguramente a alguien le interese la planta alta no reformada.
    - Otra solución muy eficaz es el reparto en tiempo. Me explico. Tu estos seis meses, yo los otros seis. Esto tiene la "bondad" de hacer insoportable la situación a medio plazo, por lo que la situación tal vez se pudra y las dos partes lleguen a un acuerdo para extinguir el proindiviso.
    - En ninguno de los casos debe acudirse a los tribunales, ya que un porcentaje muy alto del valor de la propiedad se quedará por el camino.

    Saludos

  12. en respuesta a Yo mismo
    -
    Top 100
    #9
    17/05/10 19:54

    Muchos subasteros tienen más dinero que ambos hermanos, pero los subasteros participarían en la subasta solo para invertir, sin sentimientos por la casa, y hoy en día solo hasta un máximo del 70% del que consideren que es el valor real actual d la vivienda.
    No, al final de esa supuesta subasta judicial, la cosa se quedarían entre los hermanos.

  13. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    Top 100
    #8
    17/05/10 18:57

    Teoría de juegos pura y dura...

    Con que logres meter una persona que disponga de mas capacidad economica que el mejor de los dos hermanos el que menos capacidad tenga mejora mucho la situación.

    y si tienes dos, la realidad es que pueden mejorar los dos...

    Hay que ver el valor y la situación de cada uno para intentar saber que es lo mejor. Sin esto no hay opciones. en todo caso es muy improbable que dado que ninguno puede asumir el valor de la mitad de la casa para comprarla al otro que la opcion de venta (como sea es beneficiosa para el que menos capacidad tenga siempre).

    Teoría básica de juegos

  14. en respuesta a Yo mismo
    -
    Top 100
    #7
    17/05/10 18:31

    Pues sí, no te falta razón. Pero ten en cuenta que si se llega a la subasta judicial con presencia de otros postores el resultado sigue siendo el mismo. Al final la puja suele quedarse reducida a los copropietarios más interesados en quedarse el bien, lo cuales pueden apretar más que los terceros asistentes porque ellos solo tienen que rematar la mitad del precio de adjudicación. Y siempre se la lleva el copropietario con más dinero, quien luego tiene que pagar el ITP del 100%.
    Al menos con mi propuesta sólo tendría que pagar el ITP de la mitad indivisa que le vendiera el hermano y ambos se ahorrarían las costas, que son un pico.

  15. #6
    17/05/10 18:03

    En principio, la mejor respuesta que se puede ofrecer para garantizar los derechos de los dos hermanos en que intenten llegar a un acuerdo, del tipo que sea., pues la división de cosa común se encuentra subordinada a la voluntad de los comuneros. Evidentemente si la finca resulta ser indivisible, la única solución es la venta de la finca y la distribución del precio obtenido; inclusive en este punto la voluntad de los comuneros juega un papel relevante, dependiendo de la intención de introducir la vivienda en el mercado inmobiliario y la presencia de terceros.

    Si optan por la venta en pública subasta, cabe señalar que cabe la posibilidad de que existiendo el correspondiente acuerdo, la puedan celebrar de conformidad con las normas establecidas en los artículos 2048 y ss. de la LEC de 1881 referentes a las subastas voluntarias judiciales, resultado el régimen dispuesto para las subastas judiciales para las ejecuciones forzosas dispuesto en la vigente LEC como de aplicación supletoria, cuando no hay posibilidad de llegar a un acuerdo, que la jurisprudencia denomina “ejecución impropia”.

    Por tanto, constante el convenio entre los comuneros, cabe la posibilidad de que consensuen las condiciones de celebración de la subasta: por ejemplo, tasación de la finca mediante un perito, en evitar la celebración de la subasta mediante la presentación de un tercero que se comprometa a adquirir la finca ex artículo 640 de la LEC, la celebración de subasta a instancia de cualquier de ellos sin intervención de terceros o en su defecto la celebración de una subasta judicial corriente – que suele ser lo habitual -, con admisión de licitadores extraños. En este último caso, es posible acordar diferentes particulares: participación o no de todos o alguno de los copropietarios en la subasta, si se exime a todos o a algunos de la consignación de un depósito previo, etc…

    En definitiva, la mejor respuesta que cabe dar es que todo dependerá de la voluntad de los dos hermanos de llegar o no a diferentes acuerdos, eligiendo aquélla opción que al final resulte más aconsejable, desde un punto de vista tributario, y siendo tremendamente necesario que se dejen asesorar en esta materia por un buen abogado o experto fiscal. Un saludo.

  16. Top 100
    #5
    17/05/10 15:43

    Pues como en una partida de poker es curioso....

    si un hermano puede pagar 6.000 euros
    y el otro puede pagar 5.000 euros...

    El que puede pagar los 6.000 conseguirá una casa por 2.501 euros.

    debería aceptar el que ahora no puede pagar?

    menudo negocio!!!!!!

    Por supuesto, la idea es muy buena para el que esté un poco mejor que lograría conseguir un bien, (da igual que valga 10.000 que 1.000.000 de euros), por la mitad (más un poquito), de lo que pueda pagar el que en peor situación está.

  17. #4
    17/05/10 15:20

    Creo que lo "mejor" para ambos hermanos que en sobre cerrado cada uno valore la propiedad, y el que la valore mas alto le de al otro la mitad de esa valoracion.

  18. #3
    17/05/10 15:08

    Lo mas sencillo y que ademas suele dar buenos resultados, es que uno de los dos ponga el precio y el otro decida si compra o vende. Es la unica forma de dar un valor justo.

  19. #2
    17/05/10 12:29

    Respecto al nuevo tema, lógicamente yo le aconsejaría que fuera a un abogado y presentara la demanda de disolución ya, como medida más eficaz de convencer a la hermana de que acaben llegando a un acuerdo como el que propone Tristán.
    Lo siento, pero es que a menudo sólo si se ven las orejas al lobo se toma uno las cosas en serio...
    Saludos,

  20. Nuevo
    #1
    17/05/10 11:20

    Respecto al tema me parece una magnifica solución la que propone Tristán ya que en la subasta privada, los gastos de la operación se reducen a los impuestos.

    Aprovecho este magnifico blog para hacer una consulta pública de la situación de un amigo.
    Mi amigo vendió una casa de un elevado importe recibiendo como pago una entrada del 40 % y resto mediante una hipoteca. Con la crisis el comprador impagó la hipoteca y mi amigo ejecutó la hipoteca. La subasta quedó desierta y mi amigo está pendiente de la adjudicación por el 50% de tasación.

    La consulta: Debido al elevado importe de los impuestos a pagar, si mi amigo se adjudica la vivienda y no lleva al Registro de la Propiedad dicha adjudicación hasta pasados 4 años para que prescriban los impuestos de Transmisiones Patrimoniales, está asumiendo un riesgo muy grande?. Tiene alguna forma hacienda enterarse de las adjudicaciones judiciales?. La cancelacion de cargas de la misma adjudicación afecta a embargos posteriores a la fecha de emisión de la cancelación de cargas?

    Gracias a todos por las aportaciones.


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