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Hacienda

10 respuestas
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#1

Hacienda

Quisiera saber si tengo un dinero(20.000 e) en un deposito bienvenida 1 mes(openbank) y al acabar lo contrato a nombre de mi novia para otro mes y despues vuelvo a hacerlo en otra entidad a mi nombre, tendria q pagar algo a hacienda o podria hacerlo sin problema?Gracias y un saludo.

#2

Re: Hacienda

Tendiran que declarar a hacienda /con el borrador que ellos tienen y tus datos fiscales), sabe todos los intereses generados por ti en 2008. tu novias es aparte lo declara ella los interes que le den por los 20000 eiroes,no estais casados ni en bienen gananciales y declaracion conjunta

#3

Re: Hacienda

Hacienda es como DIOS, lo sabe todo, aunque a veces nos prueba... ya digo como dios!!!

Pero tranqui esto sera en la próxima campaña de la renta 2008, allá por estas fechas de 2009!!!:)

Un saludo

#4

Re: Hacienda

En teoria deberias pagar el Impuesto sobres Sucesiones y Donaciones, al ser un impuesto cedido a las Comunidades Autonomas deberias ver como se rige en tu respectiva comunidad, en Madrid se esta exento de pagarlo. De todas formas, al ser un cantidad pequeña y dado que el propio banco te retiene el 18% de los intereses que se generen, no creo que vayas a tener ningún problema.

#5

Re: Hacienda

En mi opinión hay que tener cuidado con estos movimientos. Además la exención del impuesto de sucesiones y donaciones puede no alcanzarles (sólo son novios).

Entiendo que tienes un posible camino para no pagar impuestos por esos traspasos de dinero. Y vamos a hacerlo legalmente, ya que Hacienda somos todos. Se trata de realizar un contrato de préstamo (puede ser privado) entre tu novia y tú. Es decir, cuando venza el depósito a tu nombre tú le prestas el dinero a tu novia. En el contrato es importante determinar el plazo y la forma de devolución, si por ejemplo el nuevo depósito es a seis meses debéis poner que te devolverá el préstamo en un plazo de seis meses y en un sólo pago. Muy importante dejar "rastro" de la devolución, para que no se pueda interpretar como una donación. En el contrato deberéis poner el tipo de interés, que puede ser cero.

El préstamo está sujeto al impuesto de transmisiones patrimoniales, pero si no ponéis ni prenda ni garantía está exento. Esto quiere decir que aunque no paguéis el impuesto sí que tenéis que tomaros la molestia de ir a la Hacienda Autonómica a llevar una copia del contrato y liquidar el impuesto, con cuota cero.

Si al préstamo le ponéis un tipo de interés distinto de cero tú tributarás en IRPF por los intereses que te pague tu novia. Tu novia tributará en IRPF por los intereses que perciba de la entidad en la que constituya el depósito.

Pero es sólo mi opinión.

Saludos.

#6

Re: Hacienda

Y si fuera el mismo caso, pero con mi mujer? Tenemos bienes gananciales.
Tengo entendido que no pasaría nada, ni habria donaciones ni nada por el estilo. Yo declararía todo con las ganancias y retenciones. Es así?

#7

Re: Hacienda

Si los fondos son gananciales no afecta para nada a quien se ponga de titular del depósito. Si bien hay que tener en cuenta que los rendimientos son de la sociedad de gananciales, al 50% cada uno.

Saludos.

#8

Re: Hacienda

La solución perfecta para estos casos es que hagais un prestamo entre particulares al tipo 0% en el que no hay que pagar nada a hacienda. Sólo debeis firmar un documento entre ambas parte en el que se diga el dinero prestado, el plazo del prestamo y la forma de devolución.

Ese documento sólo es útil si hacienda os investiga, y en tal caso, ellos presupone que los prestamos están al tipo marcado por el mercado, salvo que vosotros vayas con eses documento.

La otra parte, es la renta producida por ese dinero. Cada uno tendrá que pagar el 18% de dicha rentabilidad que automáticamente los bancos os lo retendrá cuando finalicen los plazo.