Si como afirmas alguien ha contratado un servicio en contra de tu voluntad , deberías denunciar el hecho ante la Agencia Española de Protección de Datos, ya que existe una clara vulneración de lo articulado en la L.O.P.D. 15/1999. al haberse utilizado tus datos de carácter personal sin tu consentimiento.
La responsabilidad puede afectar también al banco por admitir un cargo en tu cuenta sin existir aceptación tuya.
Si entras en la web de la AEPD verás que hay muchísimas sanciones contra empresas de servicios que dan de alta a clientes sin su consentimiento.
Coincido con lo que te dicen: tu director (para variar) no tiene ni idea de lo que te dice. Es la empresa de servicios la que debe demostrar que existe aceptación tuya por escrito ( orden de domiciliación bancaria ) al banco para que este adeude en tu cuenta el recibo. Si esto no es así, todo el esquema es ilegal ( desde la contratación fraudulenta de un servicio hasta el cargo en cuenta sin tu consentimiento) y perfectamente denunciable por vulnerarse tus derechos amparados por la referida Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
No dudes y denuncia ante la AEPD !
Tienen un plazo de seis meses para resolver , pero los "correctivos" (sanciones administrativas) que aplican por este tipo de practicas no son fáciles de olvidar.
Independientemente de todo, aunque tu hayas aceptado una orden de domiciliación, tienes todo el derecho del mundo a devolver un recibo o todos , quedando ya el conflicto únicamente entre tú y la empresa que te prestó el servicio, y a la que "entiendes" que no le debes pagar, conflicto éste que se resolvería en los tribunales, por lo que al banco le debería "tocar el pie" ya que es un mero intermediario en un pago de servicios, y no parte ni afectada ni interesada.
Una vez mas, DENUNCIA !