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Deudas cartilla de mi padre

6 respuestas
Deudas cartilla de mi padre
Deudas cartilla de mi padre
#1

Deudas cartilla de mi padre

si estoy autorizado en una cuenta de mi padre el dia que muera los prestamos y tarjetas que tenga me pueden obligar a pagarlo yo?

o da igual que me quite de la cartilla, solo estoy autorizado no soy titular, tiene bastantes prestamos y no quiero heredar deudas.

#2

Re: Deudas cartilla de mi padre

Como autorizado eres exactamente eso: Autorizado. Nada de titular.

Las trampas y demás irán para los herederos que acepten la de la herencia. Por esa parte sí te tocará, pero no estarás obligado a aceptar la herencia. Eso sí, si renuncias a ella lo haces todo, las deudas y las propiedades.

Saludos

#3

Re: Deudas cartilla de mi padre

Para nada. Un autorizado no es responsable de pagar nada cuando fallece el titular. Son los herederos que además, acepten la herencia. Si las deudas son mayores que los activos se hace una renuncia ante notario de la herencia y listo. Si tu familiar debe 100.00 euros y tiene en la cuenta 22.000 euros, te quitas de enmedio y punto pelota, es perfectamente legar (evidentemente). Imagina lo que podría pasar si las trampas se heredaran por ley.

Oxyura lleva razón en su respuesta.

Método, disciplina y tiempo

#4

Re: Deudas cartilla de mi padre

para mas tranquilidad

es mejor quitarme de la cartilla o da igual? porque si hay por ejemplo 1.000 euros y debe 12.000 el banco reclamaria a mi y a mi hermano tambien autorizado.

yo estoy en el mismo banco con otra cartilla mia, ¿el banco puede reclamarme la tarjeta de 1200 euros que es del banco? porque los prestamos son de financieras, aunque renuncie a la herencia con derecho de inventario o es mejor renunciar totalmente, puesto que no tiene casa, y solo tiene deudas.

un saludo y gracias a todos por las respuestas

#5

Re: Deudas cartilla de mi padre

Vamos a ver.

Esto no es cuestión de tranquilidad. Da exactamente igual que te quites de la cartilla o no te quites. Un autorizado es una persona que está facultada para mover fondos, pedir estados de cuentas y actuar en su nombre pero NUNCA responde por las deudas. NUNCA.

El banco no reclama a nadie. Si la persona fallece en ese momento la cuenta se bloquea, hasta que los herederos (que puede ser tú y tu hermano, su tía Paca de Cuenca o una hija de Pontevedra) sean adjudicatarios de la herencia. En ese momento, una vez que ellos sean los herederos adjudicados por el notario el banco reclamará la deuda. Si hay en la cuenta 1000 y debes 12.000 los herederos renunciarán a la herencia y punto, y el banco se queda sin cobrar. Fin de la fiesta. Estar autorizado no tiene nada que ver.

No te compliques. Si hay más deudas que pasivo, entonces se renuncia a la herencia y punto. Eso se hace ante notario y nada más. Nadie puede reclamarte nada. Imaginate que tu padre es un bala perdida y debe millones de euros y tú vives a 2.000 km y mañana te dice el banco que te toca pagar sus fiestas.

Si solamente tiene deudas y no tiene patrimonio renunciar y listo. Lo que no entiendo es en qué estaba pensando el tipo de riesgos del banco para darle créditos a alguien que es insolvente y sin patrimonio, pero eso no es problema tuyo.

Salu2.

Método, disciplina y tiempo

#6

Re: Deudas cartilla de mi padre

Coincidiendo plenamente con Jtorres, te pondré un ejemplo para ilustrar eso, un apoderado de una empresa, es un autorizado a disponer de las cuentas de la empresa, pero siempre actuando por cuenta y en nombre de dicha empresa, un apoderado no es el administrador ni el consejero delegado, es un simple "autorizado" como tu .... y no será responsable de las actuaciones de empresa, solo lo será de sus actuaciones y si utiliza adecuadamente dicho poder, dicha autorización.