Re: Renta Asegurada Vitalicia 101- Santander. Un ejemplo práctico.
Hola Safillo,
el producto se llama renta asegurada vitalicia.
Es decir, está claro que se trata de una percepción regular de ingresos durante la vida de una persona. De acuerdo al nombre no me parece evidente que se trate de un seguro. En ese caso, podría denominarse "Seguro de vida", por ejemplo. De la denominación, tampoco puedo concluir cuáles son las condiciones de rescate ni si existen y eso es lo que he querido contar. Si, por ejemplo, el interés hubiera sido del 10% anual (TAE) y el rescate del 2% de la prima, el producto podría ser el mismo y resultar conveniente. Pero no es el caso.
Los otros dos puntos están claros. Si te fijas, nadie ha dicho otra cosa.
El problema se produce cuando el genial comercial de turno (sonrisa y corbata impecables) te dice que vas a poder recuperar (rescatar) el 100% del capital invertido a partir de los dos años de la contratación... y es falso. Y resulta aún mucho peor cuando te ponen al teléfono para realizar el contrato, te informan de que con este producto puedes tener pérdidas; detienes la firma del contrato para volver a hablar con el comercial y te insiste que cuentas con toda la garantía del Santander y que no vas a tener pérdidas. Si eso te ocurriese, qué pensarías? Que el empleado del banco no tiene ni idea de lo que vende o que es un estafador? Recordemos la definición de estafa, de acuerdo al código penal, tan citada por Fernan2:
ESTAFA: Código Penal, Artículo 248. 1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
Del mismo modo que roza la ilegalidad (tendría que decirlo un juez, no yo) que te lo vendan como un interés del 3.31% y no salga más que el 3% (TAE o TIN), ya que el 3.31% es el "interés técnico". Estaría bien saber cuánta gente conoce qué es el interés técnico y en qué se diferencia/asemeja al TAE o al TIN.
Dices que quien confunda este producto con un depósito a plazo y de cancelación a voluntad necesita asesoramiento básico. Esa no ha sido la confusión pero, efectivamente, creo que muchos de nuestros mayores necesitan asesoramiento básico. Hay más hilos en Rankia con casos similares o pidiendo información sobre productos análogos. Conclusión: hay una gran necesidad de asesoramiento básico. Esa es la realidad y ese ha sido el motivo de exponer esta experiencia.
Ahora procedo a dar un par de opiniones, por tanto, basadas en percepciones personales:
1.- Lo que me parece lamentable es que un profesional no sea capaz de ofrecer información precisa sobre un producto. Imagino que todos estaremos de acuerdo.
3.- Me parece escandaloso que una directora de oficina desconozca que hay un plazo de un mes para cancelar este producto sin penalización. En el caso de mi padre le reingresaron en cuenta el capital inmediatamente; sin problema.
Saludos,
José.