Re: BBVA cobra al cerrar la cuenta por 'Liquidación de cuenta'
Seguro que luego no me reclamarán posiciones deudoras ni me meterán listas de morosos?
Seguro que luego no me reclamarán posiciones deudoras ni me meterán listas de morosos?
Si la dejas activa se acumularan las comisiones y suma y sigue
Entonces que puedo hacer?
Si la das tu de baja, pide justificante y pon una reclamacion al sac del banco que normalmente te devuelve la comision, si te dice que no te da nada, pon una reclamacion con los datos del cajero que te atiende, si se niega con los del director, no suele pasar d2 ahi
Desde el punto de vista legal,si hay dos titulares el dinero es de los dos al 50% salvo que se demuestre lo contrario; por tanto si vas con certificados de defunción, te retendrán el 50%.
Si el dinero es tuyo, retíralo; pasado un tiempo le dices al director que no tienes intención de utilizar la cuenta ni pagar comisiones, que tu madre ha fallecido, y que se las ventilen. Las entidades financieras tienen miles de cuentas que tienen que cancelar por no encontrar a los titulares, no tener movimientos en ellas y evitar la acumulación de números rojos sin sentido, sólo por usura de estas entidades.
Es mi consejo, un poco egoista, pero tambien lo es cobrar comisiones en cuentas que no tienen movimiento. Esto ha pasado de ofrecerte abrir cuentas gratis, cuantas más mejor, a cobrar por entrar por la puerta.
Parece razonable lo que propones. De todos modos, eso que dices que si voy con un certificado de defunción me retendrán el 50%, ¿será el 50% del saldo que había el día que falleció mi madre hace 9 años? No el saldo que ahora que es mucho mayor, ¿no? Por aquel entonces apenas había 80 y pico euros de saldo y ahora algunos miles.
Supongo que sí, habiendo pasado tanto tiempo, yo no le daría más vueltas, sacaría el dinero como has venido haciendo,y después hablaría con la entidad para informarles que deben cerran la cuenta.
Cuando una entidad financiera tiene conocimiento de la defunción de uno de los titulares, bloquean la cuenta hasta que reciben la resolución notarial que deben presentar los herederos y resto de titulares; a partir de ahí dividen el capital, acciones o fondos que hubiere según se estipule en la herencia entre los herederos
Habiendo pasado nueve años, y prescrito el posible pago del impuesto de sucesiones no sé como actuarían. Yo retiraría primero el dinero y despues actuaría como te indiqué anteriormente. Es mi opinión.
ok, gracias.