Embargo de la cuenta
Hola amigos,puede un banco embargar una cuenta de empresa abierta y utilizad,a por una SL,por una deuda particular ajena a la empress?Gracias
Hola amigos,puede un banco embargar una cuenta de empresa abierta y utilizad,a por una SL,por una deuda particular ajena a la empress?Gracias
No, en principio no .... a no ser que la empresa hubiera avalado al particular, y el banco lo realizara por dicho motivo, aun así, a la brava lo dudo.
La empresa totalmente en regla y sin avalar nads,limpia 100%,yo pienso que en que pais estamos si la banca privada puede tener una sentencia que le permita embargar una cuenta de empresa. Pero me gustaria saberlo legalmente
No puede, en principio no ...... ¿te puedo mandar un mensaje privado a través de Rankia? no tienes que hacer nada, solo decir si o no .... y luego vigilar que no te caixa en spam, porque al ser nuevo puede ocurrir.
Claro,no faltaba mas,envialo por favot
Si un Juzgado hace llegar al banco la ejecutiva de una sentencia, el banco tiene la obligación legal de acatar dicha ejecutiva.
Es el Juzgado el que embarga, no el banco.
El dinero embargado estará en la cuenta de consignaciones de dicho Juzgado. En el banco puedes preguntar el número de diligencia donde constará número de Juzgado y seguramente también número de expediente. En dicho Juzgado es el Secretario Judicial quien se encarga de la cuenta de consignaciones y localizando tu número de expediente te podrá dar si acaso algún detalle adicional.
Pasado algún tiempo el Juzgado transferirá la cantidad embargada a la cuenta bancaria de la parte reclamante.
Slds.
Puede tratarse de un error o una derivación de responsabilidad ya sea subsidiaria o solidaria.
El banco recibe una resolución judicial que ordena un embargo y no tiene más alternativa que acatarla y ejecutarla. Deberá indicarte el juzgado del que procede la orden y a qué autos se refiere, para que te puedas dirigir al juzgado correspondiente.
Gracias por contestar,entonces por mucha sociedad limitada,si pueden embargar una empresa,no dicen que el dinero de una sociedad no es tuyo??
Gracias por contestar,mira lo anterior que escribi si puedes
Una sociedad puede sufrir un embargo como cualquier otra persona, siempre que el mismo esté fundado en Derecho.
Una sociedad está sujeta al cumplimiento de unas normas y en caso de no hacerlo puede incurrir en algún tipo de responsabilidad.
Si no se trata de un error ha de haber un motivo. Yo no lo puedo conocer. Si tú tampoco lo sabes debes averiguarlo de la forma que te he comentado. Y si lo sabes asumirlo o defender los derechos de la sociedad si eres su representante legal.
Ejemplo: Una sociedad recibe un requerimiento para que se embargue el sueldo de un trabajador o el derecho de cobro de un proveedor. Si no lo atiende se lo comerá ella misma.
Evidentemente un Juzgado puede embargar tanto a una persona jurídica como a una persona física y como bien dice Marco Porcio estando el embargo sujeto a Derecho.
Siempre puedes acudir al Juzgado que embarga a indagar el motivo por el que han embargado. Ni siquiera es preciso que hables con el Secretario, te podrá atender el oficial administrativo que lleve tu número de expediente.
Lo que necesitarás para que te atiendan es además de tu DNI algún documento que demuestre que eres apoderado o representante legal de la sociedad limitada, normalemente alguna copia de la escritura de constitución de dicha sociedad.
O sea mi ejemplo es:
Juan tiene una empresa que es una sociedad con un cargo un sueldo y unas participaciones, a su vez tiene una hipoteca como co-propietario que ya no puede hacer frente.
Pueden a Juan reclamarle y embargarle su empresa total,parcial,etc?
Una pregunta para confirmar si lo he entendido bien: ¿la empresa es de Juan? es decir,¿ las acciones de la empresa son propiedad de Juan?y ¿la empresa le paga un sueldo a Juan?
No creo que el Juzgado no se atenga a Derecho.
Si Juan figura en la propiedad de la empresa, lógicamente pueden atacar a la empresa puesto que es propietario o copropietario y la empresa o parte de ella es parte de su patrimonio. Las empresas al final son propiedad de alguna o algunas personas, sus socios. El Juzgado habrá solicitado al Registro Mercantil o a Hacienda información que le habrán facilitado.
Podían haber embargado el sueldo que la empresa de la cual Juan es socio, paga a éste. Pero entiendo que es mucho más directo embargar directamente el dinero adeudado. De hecho en el orden de prelación el dinero en cuentas es lo primero que debe embargarse.
De cualquier modo supongo que lo mejor es que algún abogado presente un escrito con las alegaciones pertinentes en Decanato y el Juzgado te responderá por escrito a dichas alegaciones.