Consulta IRPF cuota colegio
Las cuotas pagadas en los colegios de médicos, abogados... tienen desgravación en el IRPF?
Tengo entendido que sí pero desconzco el % que deducen?
gracias,
Las cuotas pagadas en los colegios de médicos, abogados... tienen desgravación en el IRPF?
Tengo entendido que sí pero desconzco el % que deducen?
gracias,
Creo que no tiene un % de deducción asignada, sino que simplemente resta de la base imponible; debe ser parecido a los gastos de seguridad social. Consulta el manual del IRPF.
Salu2.
Los que somos autonomos, yo farmaceutico, lo deducimos en los trimestrales, como gasto. No puedes deducirla de otra forma, solo si estas de autonomo como abogado o farmaceutico, y siempre que no estes en modulos.
saludos
Puedes deducir las cuotas pagadas al colegio profesional en el ejercicio, hasta un máximo de 500 euros (que normalmente se llega), de la misma manera que puedes deducir la cuota de la seguridad social, sindicatos,..
Saludos.
Puedes deducírtelo, igual que la cuota de sindicatos o las aportaciones del trabajador a la s.s., es decir, restándolo del total de ingresos, siempre que estés colegiado como ejerciente por cuenta propia o ejerciente de empresa, pero no puedes deducírtelo si estás colegiado como "no ejerciente". De hecho en mi Colegio Profesional, quien está colegiado de este último modo no recibe ni siquiera la comunicación de cuotas a efectos fiscales.
Un saludo.
Casilla 012 de la declaracion de la renta si la colegiacion es obligatoria.
saludos
Me viene bien esta pregunta para resolver una duda que tengo.
Yo he pagado 290€ de la cuota del colegio. Soy autonomo dependiente, mis ingresos provienen de un unico pagador y pertenezco al sector sanitario, no tengo que pagar IVA.
Mi duda está que no sé en que casilla tengo que poner estos gastos, no sé si puedo ponerlo en la casilla 12 o al ser autonomo tengo que ponerlo en alguna casilla del apartado de actividades economicas.
A ver si alguien me puede echar una mano.
Gracias
Si tienes actividades economicas y haces los trimestrales los deduces como gasto. Yo lo deduzco al ser autonomo farmaceutico en los trimestrales como gasto.
Si no haces trimestrales sino cobras como trabajador, en la casilla 12