Re: Posible sancion por acceso a cuentas de compañeros de la propia entidad
Los bancos tienen medios más que suficientes para establecer las condiciones y niveles operativos sobre las cuentas, sean de quien sean, sobre los clientes, sean quienes sean, y sobre los empleados, con lo cual, cualquier consentimiento por parte de la entidad para poder operar discrecionalmente, es responsabilidad unica y exclusivamente de la Entidad. Otra cuestión es que la Entidad , por su conveniencia oscura, deje estos asuntos al azar, llamandose a andanas y echando la culpa, como siempre, al más inocente. La cuenta puede tener nivel de consulta. El cliente puede tener nivel de consulta y/o posibilidad de autorizar fehacientemente. El empleado puede tener nivel de consulta discrecional, limitado y o condicionado. Con lo cual, la responsabilidad sobre autorización del nivel de consulta y su correcto uso, es unica y exclusivamente de la Entidad. Otra cuestión es que, el empleado, haga uso indebido de los datos obtenidos con su nivel operativo autorizado, eso es otra cuestión.