Tarifas de tasadores
Hola Miguel.....
Evidentemente el tema no es dicutir de cocinas, el tema es discutir si tiene lógica, si es frecuente, si es normal, llamale x el que la tarifa de un tasador vaya en función del valor tasado. Y como tal surgió el tema de las cocinas, el de los notarios, por no hablar de los abogados...
A mi juicio, y lo he dicho multiples veces, y especialmente hace poco, hay que aclarar siempre el tema de los gastos con el Banco, por mucho que tu vecina Olga Viza te diga que tiene un interes más bajo. Lo mismo que se preguntan condicones no se que dificultad hy e pregunbtar gastos previos y psoteriores a la operacion.....
Pero para muestra un boton....
http://www.tasacionesand.es/ttarifas.htm
Viviendas individuales, parcelas y plazas de aparcamientos
De 0 a 24.000 euros
De 24.000 a 36.000 euros
De 36.000 a 60.000 euros
De 60.000 a 120.000 euros
De 120.000 a 300.000 euros
Más de 300.000 euros 120,20 euros
126,21 euros
141,24 euros
159,27 euros
159,27 + 0,080% exceso de 120.000 euros
Se aplica tarifa de restos de inmuebles
En los inmuebles arrendados la tarifa se aplicará sobre el valor de mercado supuesto libre de inquilinos.
Resto de inmuebles
Hasta 60.000 euros
De 60.000 a 120.000 euros
De 120.000 a 300.000 euros
De 300.000 a 1.202.000 euros
De 1.202.000 a 3.005.000 euros
De 3.005.000 a 6.010.000 euros
Más de 6.010.000 euros 150,25 euros
180,30 euros
180,30 + 0,085% exceso de 120.000 euros
333,56 + 0,070% exceso de 300.000 euros
964,62 + 0,042% exceso de 1.202.000 euros
1.721,90 + 0,020% exceso de 3.005.000 euros
2.322,91 + 0,010% exceso de 6.010.000 euros
Tarifas mínimas para:
Locales comerciales, naves y edificios
Fincas Rústicas y terrenos (excepto parcelas)
Inmuebles ligados a explotación económica 150,25 euros
180,30 euros
240,41 euros
En los inmuebles arrendados la tarifa se aplicará sobre el valor de mercado supuesto libre de inquilinos.
Comprobación de certificados:
Viviendas individuales
Resto de inmuebles 54,09 euros
90,15 euros
Actuaciones
Si la valoración anterior se realizó hace menos de dos años, se aplicará el 50% de la tarifa con los siguientes mínimos:
Viviendas individuales
Locales y Oficinas
Resto de inmuebles 60,10 euros
72,12 euros
150,25 euros
Transcurridos más de dos años desde la anterior valoración, se aplicará la Tarifa General.
A todas las cantidades anteriores se le aplicará el IVA correspondiente.
En fincas rústicas se facturarán los gastos de desplazamiento a razón de 0,19 euros/km a partir de los 20 km. del domicilio del tasador.
En fincas urbanas, a partir de 20 Km. de distancia de la finca a tasar hasta el domicilio del tasador, se abonarán gastos de desplazamiento a razón de 10,52 euros, si la distancia no supera los 100 Km. y 18,03 euros, en los restantes casos.