Esto es lo que dice el BDE:
Quién debe pagar las comisiones y los gastos?
Quién debe pagas las comisiones y los gastos
Esquema de comisiones en transferencias nacionales
Esquema de comisiones en transferencias intermacionales
Hay tres posibilidades:
•Paga el ordenante. Es lo que en el argot financiero internacional se conoce como OUR (nuestro en inglés). El que envía la transferencia corre con todos los gastos y comisiones bancarias.
•Paga el beneficiario. Es la opción BEN (apócope de beneficiary, beneficiario en inglés). Todos los gastos y comisiones bancarias son a cargo del que recibe la transferencia, al que en consecuencia le llegará menos dinero del que le fue enviado.
•Pagan los dos. Se denomina modalidad SHA (apócope de share, es decir, compartir). El ordenante paga a su entidad, y el beneficiario a la suya.
En España, hasta fechas muy recientes y a diferencia de lo que sucedía en la mayor parte de los países, las transferencias bancarias nacionales en euros únicamente se podían emitir con todas las comisiones y gastos a cargo del ordenante de la transferencia (esto es, se seguía el criterio OUR).
Sin embargo, desde el 17 de octubre de 2006, el sistema nacional de compensación electrónica está en condiciones técnicas de aceptar transferencias en las que el ordenante haya decidido una forma de reparto de costes diferente de la tradicional OUR.
En el marco de libertad de precios vigente en España en materia de tarifas de comisiones, este cambio supone no sólo la posibilidad de que existan comisiones diferentes en la emisión de una transferencia bancaria nacional en euros en función de la opción de pago elegida por el ordenante (OUR/SHA /BEN), sino también que las entidades pueden tarifar comisiones por el abono de una transferencia recibida cuando su ordenante haya indicado que las comisiones y gastos son compartidos entre él y el beneficiario de la transferencia.
Aviso legalAccesibilidad© 2006 Banco de España