Normativa exigible para impedir cambio de sucursal
Hola,
resulta que nuestra comunidad de propietarios queremos cambiar la cuenta de sucursal. Nos la abrió el primer administrador donde le vino bien a él, bastante alejado de nuestra comunidad, y ahora queremos cambiar la cuenta a otra sucursal, la más cercana que nos queda.
En la sucursal se niegan a cambiarla. Y también a realizar gestiones fuera de cosas diarias.
Y nuestra sensación es que estamos "secuestrados" en una sucursal en la que no queremos estar y nos viene bastante mal por distancia.
Por eso la pregunta sería si sabéis qué normativa deberíamos exigir para comprobar que esto es legal y no una intentona particular de la sucursal de no aceptar clientes con poco negocio. ¿Esto debería estar en nuestro contrato de la cuenta? ¿O en alguna normativa en el tablón de anuncios del banco? O exactamente dónde deberíamos buscar que esta norma existe y la hemos aceptado convenientemente o en caso contrario podamos afirmar sin dudas que esto es algo particular de la sucursal.
Y si me dais consejos de cómo poder domiciliar la cuenta en la sucursal más cercana pues os lo agradeceré (cerrando en un sitio y abriendo en otro, nos lo pueden impedir? perdemos las domiciliaciones de recibos que ya funcionan?). Lo que se os ocurra será bienvenido.
Muchas gracias por vuestras respuestas de antemano, un cordial saludo