Acceder

Prestamistas

18 respuestas
Prestamistas
Prestamistas
Página
2 / 2
#16

Re: Prestamistas

Hay limites legales por los intereses de descubierto.. por los intereses de demora, y todo siempre cuando un prestatario es consumidor... pero en cuanto al interés ordinario no hay un límite. Ciertamente parece incongruente que para un descubierto en cuenta no se pueda superar 2,5 veces el interés legal del dinero en cada momento, por tanto en este momento que el interés legal es del 3% un descubierto a un particular serw el 7,5% .. y sea peŕfectamente legal un préstamo al 10% ....o un préstamo mediante tarjeta de crédito al 2% mensual, que equivale a un 24% anual...

Lo que si existe es la Ley Azacarate de 1908, si .. hace 110 años y sigue vigente, que entre otras cosas considera usura cuando sea manifiestamente desproporcionado, entonces un 33% anual es desproporcionado ??? Pues habra que ver con el tiempo y sentencias .. porque si el 24% de las tarjetas se ha considerado legal en algunas sentencias, un 33% es desproporcionado??? Yo creo que es usura pura y dura, y mas con el tipo legal 10 veces menor... pero no soy juez, ni siquiera abogado.

Ten en cuenta que una de las bases de la Unión Europea, es la libertad de precios, y sea la propia competencia entre empresas, la que situe los precios, si alguien se pasa, el mercado se ocupará de ajustar, esta es la teoría, luego la práctica no demuestra que hay desajustes reales en tal teoría, pocos, pero los hay....

Te respondo sobre tu cálculo en la siguiente respuesta.

#17

Re: Prestamistas

A ver simplificado mucho ...si nos prestan 1200 euros y los devolvemos a final de año, al 33% de interés devolveremos 1620 euros ...420 de intereses.. pero si en lugar de devolverlo todo al final, tenemos que devolver 100 euros al mes .. en el primer mes en interés será de 35 euros, pero en el segundo de 32,08 porque ya no debemos 1200 sino 1100 .. en el tercer mes solo debemos 1000 por tanto el 35% se calcula sobre ello y el.interés es de 29,16 ... y asi hasta el final ... por tanto el interés es siempre sobre lo que se debe .. no sobre lo que te prestaron el primer día ....

Luego para que el pago sea igual cada mes .. se utiliza una fórmula .. que sería largo de explicar, que en todo caso la premisa es la misma, interés siempre sobre la deuda de cada momento.

#18

Re: Prestamistas

No habla de Banco, habla de prestamistas. Bien de los decentes (20% de interés) o bien de los indecentes, de los partepiernas si no pagas. 

Mal asunto en cualquier caso.

Método, disciplina y tiempo

#19

Re: Prestamistas

Pues a mi me parece un comentario muy acertado. 

Método, disciplina y tiempo

#20

Re: Prestamistas

Curiosamente la Ley Azcarate de 1908, que repito de nuevo para el foro, tras 110 años, sigue vigente .... indica: 

Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos.

Artículo 2

...

Artículo 2 derogado por el apartado 4.º del número 2 de la Disposición Derogatoria Unica de la Ley 1/2000, 7 enero, de Enjuiciamiento Civil («B.O.E.» 8 enero).Vigencia: 8 enero 2001

Artículo 3

Declarada con arreglo a esta ley la nulidad de un contrato, el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado.

Subrayo lo que he puesto en negrita .....  habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa .... 

Ya me conoces, soy algo rarito en las formas, por tanto no acabo de aprobar el comentario en cuestión, pero solo por la forma, por las palabras, sin embargo si uno reflexiona sobre ello, en el fondo la idea si que es acertada. 

El problema de este tipo de préstamos, a mi entender con presunta usura, es que se conceden a personas con pocos recursos, por tanto muchas dificultades van a tener, al menos generalizando, para luego meterse en una demanada por usura contra el prestamista, primero porque los abogados comen tres veces al día, tienen esta mala costumbre y cobran para mantener "este vicio", y al margen de ello la rapidez de la justicia, no la vemos por lado alguno. Con lo cual una sentencia a destiempo puede acabar siendo injusta o como poco recibida en un momento que no es tan relevante como si se hubiera producido de manera más o menos rápida.