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El Supremo anula clausulas en contratos bancarios

25 respuestas
El Supremo anula clausulas en contratos bancarios
El Supremo anula clausulas en contratos bancarios
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#1

El Supremo anula clausulas en contratos bancarios

Ya se han puesto en marcha a la hora de regularizar los contratos hipotecarios y de tarjetas de crédito que se establecían clausulas abusivas e inapropiadas para el usuario.

http://www.expansion.com/2010/02/17/empresas/banca/1266417714.html

Saludos

#2

El Supremo condena clausulas abusivas

Sabeis que ha condenado exactamente?
posteo de "Expansion":
El Supremo considera abusivas varias cláusulas de tarjetas e hipotecas

El Tribunal Supremo ha ordenado anular varias cláusulas incluidas en los contratos de tarjetas de crédito, préstamos e hipotecas que suscribían los clientes del Banco Santander, BBVA, Bankinter y Caja Madrid por considerar que son "abusivas", "desproporcionadas" o "confusas". En una sentencia publicada hoy, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal estima así parcialmente el recurso que interpuso la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de declarar en 2005 válidas varias de las cláusulas denunciadas.

#4

Re: El Supremo condena clausulas abusivas

Faltaría que añadieran la de 4% de suelo y 16% de techo, pero bueno, algo es algo.

#5

Tribunal Supremo sentencia en relación a tarjetas robadas y cláusulas hipotecarias

http://www.expansion.com/2010/02/17/empresas/banca/1266417714.html

En relación a esta noticia, me sorprende que existan entidades que descarguen la total responsabilidad del cliente en el extravío de las tarjetas de débito o crédito de hecho existe una recomendación de la autoridad comunitaria

http://app.bde.es/clf/leyes.jsp?id=41681 ver punto 8.3 que indica 150 ecus (divisa, que no moneda, utilizada por la UE antes de la entrada en vigor del euro)

Que estima que somos responsables solo hasta esta cifra, bueno tras esta sentencia del Tribunal Supremo ni esto, recordemos que las sentencias de dicho tribunal crean jurisprudencia, la verdad es que yo creía que esta recomendación (no confundir con directiva comunitaria que seria de obligado cumplimiento) era respetada por la banca y cajas españolas, y ahora resulta que para hacer cumplir una recomendación de este calibre uno tiene que ir al Tribunal Supremo para que se enteren.

En este mismo sentido, y sé que me van a caer algunos “palos” aquí en rankia, puedo entender que las entidades cobren comisión por la emisión de las tarjetas, o como mínimo que sean suficientes para cubrir el seguro al efecto para cubrir esta contingencia, y ahora parece demostrarse que este seguro o no existía o solo en algunas entidades.

Yo recuerdo hace un par de años que redacté una reclamación al SAC de un banco para un amigo que le robaron la tarjeta y en los 20 minutos que tardó en llegar a la comisaría de la policía municipal más próxima le sisearon 1.300 €, que le cargaron en cuenta, pero con la reclamación tomando como base en esta recomendación de la UE, le fue devuelto el dinero con excepción de 150,03 €, en cualquier caso el amigo en lugar de ir a la comisaría podía haber efectuado la llamada a 4B (que era la marca o sistema de la tarjeta), pero con los nervios solo se le ocurrió ir a la comisaría, porque se dio cuenta en seguida que le habían robado.

Por otro lado y en la misma noticia se declaran ilegales algunas cláusulas que se ponen normalmente en las escrituras de hipoteca como por ejemplo el arrendamiento de fincas hipotecadas, cosa que creo no ocurre en todos los contratos porque algunos admiten el alquiler pero limitan a algo así como que la renta cubra como mínimo la cuota mensual.

Y desde luego lo que compensar deudas de clientes con aquellos saldos positivos que tuvieran en otros productos, aunque no fueran los únicos titulares. Que el Tribunal Supremo entiende que este tipo de cláusula es válida siempre que sea "transparente, clara, concreta y sencilla", creo que es del todo lógica, una es compensar los saldos propiedad de uno, y otra muy distinta los que lo son conjunta o indistintamente con otros titulares que no tienen nada que ver con la deuda.

En todo caso, a mi juicio, al menos en la parte hipotecaria el Tribunal Supremo y para determinar la sentencia, no le ha sido necesario más que aplicar el sentido común.

#6

Re: Tribunal Supremo sentencia en relación a tarjetas robadas y cláusulas hipotecarias

Hola, ¡hombre ya era hora que en algunas clausulas y condicionados generales se defienda al usuario¡ pero al final "la banca siempre gana", no te preocupes que ya se la cobraran (nos las cobraran) con creces, y tela el tiempo que se tarda en ver el final del tunel, la reclamacion creo que es del año 2003, muchos "cadaveres" se han quedado por el camino lo que es menester que se apliquen todos los aspectos con caracter retroactivo y lo paguen, saludos

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......

#7

Re: Tribunal Supremo sentencia en relación a tarjetas robadas y cláusulas hipotecarias

Pedro, en esta ocasión la sentencia es del Tribunal Supremo, y estas no solo crean doctrina, que de por si ya es mucho, crean jurisprudencia y se pueden esgrimir ante cualquier reclamación.

#8

El Supremo anula varias cláusulas de tarjetas de crédito e hipotecas por "abusivas"

http://www.elpais.com/articulo/economia/Supremo/anula/varias/clausulas/tarjetas/credito/hipotecas/abusivas/elpepueco/20100217elpepueco_10/Tes#despiece1

El Supremo anula varias cláusulas de tarjetas de crédito e hipotecas por "abusivas"
La Sala de lo Civil estima un recurso de la OCU sobre aspectos de los contratos que suscribían los clientes de Banco Santander, BBVA, Bankinter y Caja Madrid y que considera "desproporcionados" y "confusos"

EFE - Madrid - 17/02/2010

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El Tribunal Supremo ha ordenado este miércoles anular varias cláusulas incluidas en los contratos de tarjetas de crédito, préstamos e hipotecas que suscribían los clientes del Banco Santander, BBVA, Bankinter y Caja Madrid por considerar que son "abusivas", "desproporcionadas" o "confusas".

* Principales cláusulas que el Supremo considera "abusivas"

* La tarjetas de débito suben un 7,9% en 2009 y las de crédito un 6,5%

La noticia en otros webs

* webs en español
* en otros idiomas

En una sentencia publicada hoy, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal estima parcialmente el recurso que interpuso la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de declarar en 2005 válidas varias de las cláusulas denunciadas. La OCU ha calificado la sentencia de "histórica" porque afecta a "todos los consumidores y no se limita a las cuatro entidades financieras demandadas".

El Alto Tribunal asegura sobre algunas de las cláusulas que "su carácter abusivo resulta incuestionable" porque "supone una renuncia o limitación de los derechos del consumidor".

Entre las anuladas ahora por el Supremo destacan las que descargaban totalmente en los propietarios de tarjetas de crédito o de débito los perjuicios acarreados por su uso fraudulento, en tanto en cuanto esas circunstancias no fueran comunicadas a las entidades financieras.

La sentencia, en la que ha actuado como ponente Juan Antonio Xiol Ríos, establece que "la existencia de un extravío o sustracción debe comunicarse sin demora indebida desde que se conoció la desaparición". No obstante, cree que "las cláusulas que eximen de total responsabilidad a la entidad bancaria de manera indiscriminada y sin matización o modulación alguna son "abusivas" y "desproporcionadas", ya que "son harto frecuentes los casos en que la diligencia de las entidades advirtió utilizaciones indebidas, avisando incluso a los usuarios, que lo desconocían".

Además, también considera abusivas otra serie de cláusulas hipotecarias y de crédito que detallamos a continuación.
Principales cláusulas que el Supremo considera "abusivas"

La sentencia del Tribunal Supremo en la que se pide la anulación de cláusulas de los contratos que los clientes firman con varias entidades bancarias afecta sobre todo a las tarjetas de crédito y su robo o extravío y a las hipotecas. He aquí las más importantes.

Hipotecas y préstamos

1.- Aquellas que prohíben el arrendamiento de fincas hipotecadas, si bien admiten que este tipo de acciones pueden disminuir el valor del inmueble. Los magistrados abogan por que en estas cláusulas se concrete la renta que debe exigir el propietario para que se corrija "la disminución del valor" que el arrendamiento pueda ocasionar al banco en caso de impago del crédito y de necesidad de ejecución del inmueble.

2.- Aquella que incluye la renuncia del cliente que recibe un préstamo hipotecario u otra clase de créditos a ser informado de su cesión a otra entidad.

3.- En el apartado de préstamos, otra de las condiciones anuladas es la que permitía al Banco Santander compensar deudas de clientes con aquellos saldos positivos que tuvieran en otros productos, aunque no fueran los únicos titulares.

Tarjetas de crédito

1.- Anulada la cláusula que descargaba en los propietarios de tarjetas o libretas los perjuicios acarreados por su robo o uso fraudulento, en tanto en cuanto esas circunstancias no fueran comunicadas a las entidades financieras.

2.- En la misma línea sitúa las estipulaciones que excluyen "en todo caso" la responsabilidad de la entidad bancaria cuando el PIN o contraseña de una tarjeta o libreta es obtenido por coacción o fuerza mayor.