Por mail, el Santander acepta, pero BBVA y Sabadell no .... salvo que tengas certificado digital de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), o bien tengas el chip y la clave en el DNI , un lector con conexión usb a tu ordenador, para su lectura, y con ello poder insertar dicha firma digital en el escrito...... es decir con firma electrónica, si no la tienes, dos soluciones, una carta a:
Servicio de Atención al Cliente
Centro Banco Sabadell
Polígono Can Sant Joan
Sena, 12
08174, Sant Cugat del Vallés
Certificada con acuse de recibo (no te olvides del acuse de recibo) o bien llevar la carta a la oficina y que te sellen la copia de la misma.
Justificación a utilizar .... bájate la memoria de reclamaciones del Banco de España 2018
https://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/18/00_Memoria_reclamaciones_completa.pdf ve a la página 303 .... en el título: Comisión de reclamación de posiciones deudoras
Ahí tienes la recomendación del Banco de España ..... que es muy clara:
En primer lugar, debe quedar claro que el devengo de la comisión está vinculado a la existencia de gestiones efectivas de reclamación realizadas ante el cliente deudor, algo que, a juicio del DCMR, no queda justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por ordenador, debiendo la entidad concretar y acreditar la realización de dichas gestiones.
Pero ojo, esto es un "recomendación" de buena práctica bancaria, no es una Ley de obligado cumplimiento, no es una ley, ahora bien, en estas cantidades menores, al menos hasta lo que yo sé, no se lían y devuelven. Porque al final son 4 y el tato los que reclaman.
Y yo ... en reclamaciones siempre, siempre, "copia" de los argumentos del Banco de España, de este modo entiendo que se evitan algunas excusas peregrinas !!!!!
¿Cualquier oficina? en teoria si, pero te puedes encontrar que se nieguen a sellartela porque a otra oficina no les afecta tu queja, esto ya depende de quien te atienda.