Este es el Real Decreto 54/2005 para que no nos quejemos mas en Rankia de lo que nos piden los bancos
En Rankia llevamos mucho tiempo hablando si tal o cual Banco o Caja nos pide nuestra actividad laboral.
Este es el decreto que estamos obligados a cumplir y si se duda de la actividad laboral por parte del banco este debe comprobar la vericidad de lo que le dijimos .
Real Decreto 54/2005,
Cuatro. Se adiciona un nuevo apartado 5 al artículo 3, con la siguiente redacción:
«5. En el momento de establecer relaciones de negocio, los sujetos obligados recabarán de sus clientes información a finde conocer la naturaleza de su actividad profesional o empresarial. Asimismo, adoptarán medidas dirigidas a comprobar razonablemente la veracidad de dicha información.
Tales medidas consistirán en el establecimiento y aplicación de procedimientos de verificación de las actividades declaradas por los clientes. Dichos procedimientos tendrán en cuenta el diferente nivel de riesgo y se basarán en laobtención de los clientes de documentos que guarden relación con la actividad declarada o en la obtención de información sobre ella ajena al propio cliente.
Asimismo, los sujetos obligados deberán aplicar medidas adicionales de identificación y conocimiento del cliente para controlar el riesgo de blanqueo de capitales en las áreas de negocio y actividades más sensibles, en particular, banca privada, banca de corresponsales, banca a distancia, cambio de moneda, transferencia de fondos con el exterior ocualesquiera otras que determine la Comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias.
Mediante orden del Ministro de Economía y Hacienda podrán aprobarse orientaciones para las distintas áreas de negocio
NO NOS QUEJEMOS MAS DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS CUANDO PIDEN LA ACTIVIDAD LABORAL AL ABRIR UNA CUENTA ES LA LEY.