Perfectamente legales, como cualquier negocio en el entorno de la U.E., los precios son libres, cada, salvo temas muy concretos como por ejemplo los aranceles notariales o los registradores de la propietad, cada empresa privada, un banco lo es, puede establecer sus precios, y será el mercado (la competencia) quien va a ajustar finalmente los precios. Si yo vendo Coca Colas a 5 euros cada una, es legal, pero como "mis vecinos" las venderán a 1,20 €, no venderé ni una !!!, pues esto es lo mismo.
Ahora bien, son mayoría las entidades que si se cumplen ciertos requisitos, como la domiciliación de nómina por un importe mínimo determinado, 2 ó 3 recibos domiciliados y uso de alguna tarjeta de débito y crédito, eximen a sus clientes de pagar la comisión de administración y mantenimiento, pero esto es porque la empresa así lo ha dedicido y además sus competidores lo hacen, sin embargo no hay obligación de ofrecer este tipo de exenciones, será si el banco cree que debe hacerlo, o sino lo hace cree que va a perder clientes.
Pero si por ejemplo tienen establecido que son nómina, 3 recibos y utilización de tarjeta, si no cumples una de las 3, pues eso, no cumples y te cobran.