#16
Re: Me han cargado a mi cuenta una venta que hice con tpv hace 7 meses sin previo aviso ¿es legal?
Lo del director si ud. quiere hacerlo por atención o por la relación empresarial, es ya un tema "político", de hecho cuando yo preparo alguna reclamación para la empresa donde trabajo, siempre lo hago y se debe a un solo motivo, se trata de que no es plato de buen gusto que la oficina se entere de que el cliente está descontento con algo, un día a las 8 de la mañana que el SAC les reporta la queja.
Entonces en una cuenta empresarial no es únicamente unos apuntes contables, a menudo las relaciones sirven para obtener mejores precios o mas agilidad en algunas cuestiones. Por el contrario, para obtener financiación, entras en los parámetros de banco o no entras, en esto poco podrá hacer el gestor, gestora, diector o directora, pero en ocasiones solo la agilidad aunque sea para decirte, lo sentimos, eso no puede ser es un valor interesante.
Bien, dicho ello ningún director de oficina "normal", puede autorizar que le retrocedan el cargo, la mayoría carece de facultades para devolver una comisión de mantenimiento de cuenta, sin que tenga autorización del departamento de control de ingresos correspondiente, con lo cual si ud. por los motivos antes expuestos u otros similares considera adecuado comunicar a la oficina su intención de presentar la cuestión al SAC, es una buena idea, pero no espere que tal oficina tenga atribuciones para la decisión de algo de este calado, salvo que fuera una oficina principal de Madrid, Barcelona, Valencia..
Que es posible que por volumen, tengan un departamento propio con algo de poder para ello, pero las oficinas de 4, 5, 6 empleados, apostaría con escaso riesgo a perder, que carecen de facultades.
Y es igual el importe, ud. no lo indica, y no es relevante para mis respuestas, pero es que estamos ante un problema de concepto, si cliente ya ha recibido la devolución, aunque el SAC o luego el BdE le de la razón, de momento su banco tendrá que cargar esto en la cuenta de quebrantos, igual que un faltante en caja, y de cargos a quebrantos, al 99%, me atrevo a indicar que las oficinas no tienen facultades !!!!! Aunque luego pudieran reclamar eso al que recibido la devolución, de momento es un quebranto !!!
Entonces en una cuenta empresarial no es únicamente unos apuntes contables, a menudo las relaciones sirven para obtener mejores precios o mas agilidad en algunas cuestiones. Por el contrario, para obtener financiación, entras en los parámetros de banco o no entras, en esto poco podrá hacer el gestor, gestora, diector o directora, pero en ocasiones solo la agilidad aunque sea para decirte, lo sentimos, eso no puede ser es un valor interesante.
Bien, dicho ello ningún director de oficina "normal", puede autorizar que le retrocedan el cargo, la mayoría carece de facultades para devolver una comisión de mantenimiento de cuenta, sin que tenga autorización del departamento de control de ingresos correspondiente, con lo cual si ud. por los motivos antes expuestos u otros similares considera adecuado comunicar a la oficina su intención de presentar la cuestión al SAC, es una buena idea, pero no espere que tal oficina tenga atribuciones para la decisión de algo de este calado, salvo que fuera una oficina principal de Madrid, Barcelona, Valencia..
Que es posible que por volumen, tengan un departamento propio con algo de poder para ello, pero las oficinas de 4, 5, 6 empleados, apostaría con escaso riesgo a perder, que carecen de facultades.
Y es igual el importe, ud. no lo indica, y no es relevante para mis respuestas, pero es que estamos ante un problema de concepto, si cliente ya ha recibido la devolución, aunque el SAC o luego el BdE le de la razón, de momento su banco tendrá que cargar esto en la cuenta de quebrantos, igual que un faltante en caja, y de cargos a quebrantos, al 99%, me atrevo a indicar que las oficinas no tienen facultades !!!!! Aunque luego pudieran reclamar eso al que recibido la devolución, de momento es un quebranto !!!