Ejemplo
Tienes un depósito de 5k a 1 año al 0;80% que vence en junio. Dispones de otros 5k, pero no te dejan abrir un nuevo depósito, te permiten únicamente hacer una imposición sobre el depósito que te vence en junio. Es decir, si ahora en diciembre haces esa Imposición, te rentara hasta diciembre, mientras que el otro vence en junio. En la práctica es lo mismo, con una salvedad, si abres un depósito con 10 k y cancelas antes de tiempo pierdes los intereses , mientras que si abrías dos de 5k, y te surgía algo y cancelabas uno, el otro seguía rentando