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Consulta sobre requerimiento para devolución de beneficios de Plan de Pensiones

4 respuestas
Consulta sobre requerimiento para devolución de beneficios de Plan de Pensiones
Consulta sobre requerimiento para devolución de beneficios de Plan de Pensiones
#1

Consulta sobre requerimiento para devolución de beneficios de Plan de Pensiones

Buenos días.

Por favor, ¿pueden decirme la vía de comunicación del banco con el cliente que debe ser considerada como válida en la reclamación de unos beneficios de un Plan de Pensiones?.
En febrero de 2022 hice el traspaso de un Plan de Pensiones de una entidad bancaria a otra entidad antes del periodo o plazo pactado y la entidad de origen me reclama la devolución del importe de los beneficios por permanencia correspondiente a la parte proporcional del periodo trascurrido en dicha permanencia.
Pero la reclamación la realizan la oficina por correo electrónico y por teléfono, lo cual me deja la duda de que pueda ser una vía fiable y no fraudulenta, ya que considero que lo normal es que sea la propia entidad central la que vía postal emita ese requerimeinto.
Les ruego puedan darme información al respecto.
El importe reclamado es de 2.220 euros.

¿Pueden decirme que pasos debería de seguir o al riesgo al cual estoy expuesto en caso de hacer caso omiso al requerimiento?

Por otra parte, por favor, pueden decirme ¿Cuál es el plazo el cual esta deuda se pueda considerar extinguida?

Muchas gracias y un saludo.
 
#2

Re: Consulta sobre requerimiento para devolución de beneficios de Plan de Pensiones

Según los informes de reclamaciones del Banco de España, colgar las comunicaciones en la correspondencia virtual del cliente, si existe un contrato de banca electrónica entre banco y cliente que prevé este tipo de comunicaciones, ahora bien, para comunicaciones consideradas relevantes como por ejemplo cambios contractuales y supongo que la que indicas sería considerada relevante, el simple "cuelgue" en la web seria insuficiente y, es procedente remitir una comunicación por ejemplo al correo electrónico facilitado por tal cliente, reiterando que tiene una comunicación relevante en su banca electrónica que requiere de su atención.

Con ello, salvo error por mi parte, el banco habría cumplido y será aceptable tal alegación del banco en respuesta  en una reclamación de cliente, ante el SAC y posteriormente, si cabe, ante el BdE.

En cuanto a la devolución de alguna bonificacion recibida por un plan de pensiones, más allá de la propia rentabilidad del mismo, seguro que firmaste un contrato para ello, y ahí se detalla el tiempo mínimo de permanencia que, sino la cumples te van a reclamar su devolución, ni lo dudes.

Luego, para cualquier reclamación el cliente tiene hasta 6 años, lo cual viene establecido en el artículo 10, creo recordar que es el punto f) de la orden ECC/2502/2012 ...es de suponer si este derecho lo tiene el cliente, es bidireccional, el mismo plazo para el banco. Pero ojo sobre el cuando computan los 6 años. Pongamos un ejemplo, un préstamo a 10 años, no tendría sentido que a los 6 de la concesión no se pudiera reclamar nada, porque el préstamo estaría todavía vivo, con lo cual los derechos se iniciarian a partir de su vencimiento. Por el contrario si se reclama sobre un tema de comisión de apertura, como aquella se produce en el minuto uno de dicho préstamo y no habrá ninguna más, los 6 años se iniciarían en la fecha de abono del préstamo.

Si haces caso omiso el banco te puede reclamar legalmente en virtud del contrato que sin duda firmaste, sus posibilidades de éxito son elevadas.
#3

Re: Consulta sobre requerimiento para devolución de beneficios de Plan de Pensiones

Muchas gracias por tu respuesta. Me has aclarado mucho en base a mí pregunta
 Saludos.
#4

Re: Consulta sobre requerimiento para devolución de beneficios de Plan de Pensiones

Solo me ha quedado una cosa en el tintero, y es hasta que punto pueden reclamar, si se limitarian a reclamaciones por carta, inscripción de la deuda en Asneff, si iniciarian una demanda judicial por deuda ....  todo junto ..... a esto no creo que nadie pueda responderte, depende no solo del banco, sino también del momento,. Pongamos otro ejemplo, de ocurrir algo así entre los años 2099 y 2015, cuando los bancos tenian montones de temas de morosidad hipotecaria, por tanto, cada caso de importes muy elevados, hubiera sido poco prudente destinar recursos a un tema de 2.000 €, cuando "en las mesas" habian montones de carpetas que cada una suponia decenas de miles de euros, pero al mismo tiempo si hubieran muchos casos de poco importe, hubiera sido igualmente prudente destinar unos equipos para estas cosas sin "molestar" a los/las empleados concentrados/as en tema gordos.

Entonces, poder conocer o intuir la política bancaria en este sentido, yo diría que es imposible, porque  depende de cada banco, de sus cargas de trabajo y sin lugar a dudas las prioridades que tenga o los medios humanos y materiales que decida destinar a ello. 
#5

Re: Consulta sobre requerimiento para devolución de beneficios de Plan de Pensiones

Muchas gracias de nuevo por tus explicaciones. Son de gran utilidad y a tenerlos en cuenta.