Acceder

Operar con Santander Key

59 respuestas
Operar con Santander Key
4 suscriptores
Operar con Santander Key
Página
3 / 5
#31

Re: Operar con Santander Key

Pues nada...he llamado y dice que no se puede dar de baja...pues lo tengo claro...
#32

Re: Operar con Santander Key

Novata63, has podido darte de baja de "Santander Key" y volver a operar con SMS? (solo por saber cómo lo has hecho en caso afirmativo). Gracias.
#33

Re: Operar con Santander Key


Novata63, has podido darte de baja de "Santander Key" y volver a operar con SMS? (solo por saber cómo lo has hecho en caso afirmativo). Gracias. 

Hola, no me di de baja, porque no me di de alta. Como os dije en su momento, en previsión de posibles problemas (dada la falta de transparencia del banco en las semanas previas, cuando informó de este tema como si fuera algo que iba a hacer sin el consentimiento de los clientes), les envié un email avisando de que no daba mi consentimiento al alta automática en aquello que pretendían, para que tuvieran constancia de ello. Su respuesta fue que, si no me daba de alta yo misma, no lo hacían ellos automáticamente. 

Como os dije también en su día, parece ser que el problema surgía si era el cliente quien se daba de alta, pues creo recordar que os puse una captura de pantalla de la web del banco donde pone que, en ese caso,  el cliente no podría cancelar el servicio. Esto, dudo mucho que sea legal, pero si los clientes no se quejan de ello al Banco de España (que es lo que te recomiendo que hagas en este caso tuyo, si tu banco sigue haciendo caso omiso del problema que te haya generado), para que dé un toque a los bancos que se acojen a tales prácticas abusivas con el fin de que cancelen el servicio en cualquier momento que lo solicite el cliente, los bancos obviamente seguirán abusando todo lo que se les deje.

El Banco de España tarda más de lo deseable en responder (hasta 6 meses), y hay que enviarles la reclamación junto a datos contrastables suficientes que avalen el motivo de la queja que se le envié para que pueda tener éxito, pero aunque su respuesta no sea vinculante para el banco objeto de la queja, mi experiencia al respecto es que el banco suele ponerse en contacto con el cliente para "arreglar" la situación (en mi caso, que tuve que hacer una reclamación de otra cosa hará un par de años, me llamó y escribió una abogada del banco, yendo de "maja", para intentar engañarme, por lo que te aconsejo que todo se haga por escrito, no por teléfono; y no dejar en el empeño de que el problema quede reflejado ante el Banco de España hasta el final del proceso, para que las malas prácticas del banco en cuestión queden reflejadas, de inicio hasta el fin del proceso, ante el Banco de España).

En el caso mío que te pongo como ejemplo (de una situación que viví ante el Banco de España), como en cuanto el banco (CaixaBank) me intentó engañar envió una carta al Banco de España para decirles que había habido acuerdo (cuando no era así), añadí una extensión de mi reclamación ante el Banco de España para advertir por mi parte de lo que estaba pasando, y de que el banco les estaba mintiendo.

Al final, un poco antes del límite de tiempo máximo en el que el Banco de España tenía que pronunciarse, el banco hizo otra maniobra, que fue enviar un escrito al Banco de España para decir que se allanaba a "mis pretensiones", aunque en la práctica seguía sin resolver el problema. Por este motivo, volví a añadir a mi reclamación una ampliación de mi queja (con la documentación que probaba lo que decía) para explicar lo que estaba pasando.

Al final, el Banco de España me dio la razón, lo que fue importante para mí moralmente, pero, por otra parte, fue descorazonador, porque la carta finalizaba diciendo que el tema tratado no entraba dentro de sus competencias (a pesar de que, cuando les llamé antes de empezar el proceso, para saber si lo era, me habían dicho que sí).

Pero no me rendí. Pensé que la AEPD podía ser también un organismo apropiado para enviar mi reclamación, y, efectivamente, lo fue. Les envié mi reclamación, bien argumentada y añadiendo un artículo de la legislación que se adecuaba a mi reclamación, y algunos archivos (emails, etc.) que probaban lo que decía. Como es lógico, preguntaron al banco si tenían que decir algo al respecto, el banco en su escrito argumentó con su táctica habitual de tergiversar la realidad; y, tras unos meses, la AEPD respondió dándome la razón. Fue muy motivador ganarle la partida a las tergiversaciones y dilaciones de un banco por solucionar algo que hubiera sido muy sencillo pero que no quería sólo por el hecho de quedar por encima de sus clientes y desmotivarles a que se quejen alargando los procesos de reclamación hasta el infinito con el fin de que se acabe claudicando.

En fin, que "gané" al banco ante el Banco de España y la AEPD. Me costó mucho poder redactar unos escritos claros de entender y con el hilo temporal de cada cosa, dado el oscurantismo y tergiversaciones continuas del banco a lo largo de más de un año, pero, una vez que lo consigues, y consigues seleccionar qué documentos son los más representativos para adjuntar a tu queja, ya sólo tienes que esperar los meses de plazo tenga el Banco de España (o la AEPD) para responder.

Las reclamaciones se pueden poner online.

Ojo, el Banco de España dice en su web que antes de reclamar a ellos tiene que haberse hecho antes al banco objeto de la reclamación (algo que tú ya has hecho en reiteradas ocasiones, por lo que creo que dices), y por un plazo de 1 año desde la última vez que reclamaste al banco por esa cuestión.

Espero haberte ayudado.

PD.- estoy en el Banco de Santander por una cuestión accidental. No es "mi banco". Por tanto, no he usado sus servicios (excepto su banca online), así que no he operado con él, al menos de momento. Supongo que, de hacerlo, podría hacerlo vía SMS, como dices; pero en caso de que se me hubiera engañado por parte del banco y me hubieran dado de alta en su servicio Santander Key, tengo el escrito que me envió el banco que dice que si yo no me daba de alta en el servicio, ellos no lo daban automáticamente. Es decir, que era yo la que podía decidir si darme de alta. En todo caso, tengo pendiente de hacer una queja a este banco ante el Banco de España, porque su servicio de atención al cliente no soluciona lo que se le plantea, sólo dilata las cosas para que el cliente se canse y deje la reclamación. Supongo que es una táctica universalizada entre los bancos para desmotivar a los clientes a que se quejen, mareándolos y respondiéndoles tergiversando los hechos, pues, como he explicado antes, también la emplea CaixaBank al menos, que yo tenga constancia.
#34

Re: Operar con Santander Key

Gracias por la respuesta.
Sí es cierto que los bancos suele irse por los cerros de Úbeda y esquivar la respuesta. Ha habido comunicaciones en las que les he pedido que me respondan con un monosílabo: SI o NO y lo que hacen es copiarme siempre el mismo párrafo: "que por tu seguridad, que mejoras y bla bla bla". Pero no responden a lo que les pido.

Si pides darte de baja de Santander Key (que no te lo impiden) te excluyen de la operativa de la banca online porque dicen que, por cojones, no puedes volver a SMS para validad operaciones, cuando hay clientes que sí lo están haciendo. Si se te estropea un móvil, o decides pasarte a un no smartphone por seguridad (personas mayores a las que les cuesta el uso de apps), te dicen básicamente que bye bye...que no puedes operar por internet.

Llamadas he hecho decenas y escritos tengo bastantes pero son muy cucos y no responden lo que se le pregunta. Siempre andan con evasivas. En una de las respuestas te decían que "es recomendable" el Santander Key pero te obligan a usar app una vez dentro...o si no, te echan de la banca online. O sea, que el dinero solo puedo moverlo yendo a la oficina si me doy de baja en Santander Key cuando antes se podía operar con SMS.

A cada X tiempo te obligan a instalar actualizaciones de la app (si no, no te deja entrar). Llegará un momento en el que la versión android no soporte la app...entonces? Qué se hace? comprarse otro móvil nuevo?

Asocian el Santander Key con el nombre. Les pregunto que si me doy de baja y vuelvo a darme de alta con otra cuenta, que si me excluyen de tener que operar con la app y me dicen que no, que no puedo volver a operar con SMS.

Pero vamos, que esto lo solucionaré rápidamente en la oficina como siga así: me llevo el dinero si no me solucionan el problema.

Y ahora están hablando de que de los datos biométricos, que si el rostro, huella, voz...jajaja....ya lo que faltaba...
Todo tiene un límite y ese límite se está alcanzando...en fin..

Lo dicho, gracias.
#35

Re: Operar con Santander Key

Por favor, me puede indicar cómo interponer reclamación ante la AEPD de manera online. Tengo una problematica con el Santander debido a qué al solicitar la cancelación de todos mis productos, dejan sin cancelar el contrato de banca online y únicamente bloquean el usuario pero no lo cancelan. 

Por lo que sigues vinculados a ellos aún no teniendo productos.

He reclamado al SAC (sin contestación hace un mes, he reclamado a la oficina del delegado de datos para solicitar supresión de datos personales (sin contestación), acabo de mandar escrito al Defensor del Cliente pero en paralelo quiero interponer reclamación a la AEPD.
#36

Re: Operar con Santander Key

Buenas,
En este enlace pinchas en reclamación y ya sigue los pasos. Debes tener certificado digital o similar.
https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formProcedimientoEntrada/procedimientoEntradaAmpliado.jsf
La AEPD no es un organo que ponga en su sitio al Banco Santander. Solo "da su opinión" sobre algo. Y, por la experiencia que he tenido, no se suelen pringar mucho.

Eso de que sigas dado de alta en la Banca Online, si has pedido la supresión de datos, no deberían hacerlo. Primero das de baja tu cuenta y todos los productos que tengas y luego pides la supresión de datos al cuál tienes derecho. Si no lo hacen, métete en abogados porque lo ganas seguro. El RGPD es tajante en eso.
#37

Re: Operar con Santander Key

Estoy de acuerdo en todo lo que comentas, y también esa es mi experiencia con el Banco Santander (donde estoy desde hace relativamente poco por accidente, como decía. No por decisión propia) y con CaixaBank (donde tampoco entré por decisión propia, sino porque yo era de Caja Madrid, de ahí la Caja nos "vendió" a los clientes a Bankia, y Bankia nos "vendió" a Caixa. Los clientes somos como la falsa moneda, que pasamos de mano en mano, lamentablemente, con fines especulativos y de beneficio de sus responsables). No se piensa en que los clientes estemos satisfechos. Crean servicios de atención al cliente para cumplir con la ley, pero el mecanismo de esos servicios de atención está diseñado, en realidad, para desmotivar a reclamar dando respuestas automáticas o tergiversadoras o que no tienen que ver con el contenido de tu reclamación, para dilatar el proceso, tú tengas que responder gastando tiempo y esfuerzos, y, al final, por cansancio claudiques y lo dejes o te vayas del banco (cosa que les da absolutamente igual, porque todo el tema bancario está agrupado en cada vez menos bancos, que entre ellos acuerdan tener el mismo "sistema" de gestión y atención al cliente, con el fin de no hacerse competencia. Por tanto, tanto quejarse como irse a otro banco no sirve de nada: ese es el mensaje que quieren que cale en la población, para establecer la idea general entre la gente de "para qué voy a quejarme,si no va a servir de nada".

Estoy lo digo por experiencia: creía que CaixaBank era torticero y poco colaborador a la hora de solucionar problemas GENERADOS POR ELLOS, no por mí (¡encima!), pero cuando me encontré teniendo que entrar en el Santander me di cuenta que era similar. Y en temas "digitales", más o menos. De momento, estoy pudiendo capear en ambos no usar mis datos biométricos (rostro, huellas digitales), pues son datos personales que me niego a que tenga una empresa privada (sea un banco, o sea lo que sea), algo que si me obligaran lo denunciaría a la AEPD. En cuanto a app, no sé cómo irá en el Santander, pues como decía sólo entro a este banco por banca online para consultar movimientos; y respecto a CaixaBank, finalmente me obligó a poner la app en el móvil, pero saben que no uso el móvil para nada (pues lo tengo siempre apagado menos cuando tengo que hacer alguna foto o vídeo para reclamar algo), pero en este caso lo que hago es que opero todo el proceso desde el ordenador, excepto en el momento en que, desde la banca online me dice que entre en la app para pinchar en "aceptar" (en ese momento, enciendo el móvil, entro en la app, doy a "aceptar", y cierro).

En cualquier caso, es nuestro dinero. Es el colmo que se quiera obligar a los clientes a "pasar por el aro", en vez de hacérnoslo fácil y dar facilidades, puesto que son los bancos los que deberían estar a nuestro servicio, y no al contrario: que no se nos olvide esto, por mucho que nos intenten forzar a que pensemos como corderitos dóciles por medio de servicios de atención al cliente inútiles que sólo sirven para sus intereses creando un estado mental a los clientes de que es mejor no quejarse porque no sirve de nada y sólo se pierde el tiempo.

En mi caso, ya he "ganado" varias veces (lo pongo entre comillas, porque no se trata de la resolución de un juicio, sino de que he conseguido que se me diera la razón, y que el banco o la administración de turno acabara haciendo lo que yo reclamaba). Para ello, he tenido que plantearme lo de "si quieres resultados diferentes, haz las cosas de forma diferente". ¿Y, cómo hacerlo? Pues reclamando a un organismo externo al banco. Por eso, te comentaba antes lo que te comenté, sobre el Banco de España y sobre la AEPD, pues, aunque sean organismos que NO puedan forzar al banco ha hacer algo, la experiencia me dice que si persistes sin cerrar la reclamación ante el organismo externo, el banco con tal de no quedar mal ante estos organismos suele reaccionar, primero intentando seguir engañándote a ti y al organismo externo, y, después, cuando se ve "descubierto" y así se lo expones al organismo externo con pruebas (por ej. con emails o burofax que te haya enviado el banco, etc.), aceptando a regañadientes solventar tu reclamación (porque esta quedará por escrito y saldrá reflejado en las estadísticas de estos organismos sus malas prácticas, así que esto es lo único que les hace aceptar tu reclamación, con el fin de que quede "reflejado" que son tan "majos" que han aceptado tu reclamación).

Pero ojo, antes de reclamar a un organismo externo, lee los requisitos que pida para poder hacerlo con visos de éxito: lo normal es que pidan que antes de elevar tu reclamación al organismo externo hayas reclamado por escrito -se puede hacer online, como sabemos- ante el servicio de atención al cliente del banco y haya respondido sin atender tu reclamación (o lo haya hecho de forma no satisfactoria, o no haya respondido). Además, el Banco de España dice que no debe haber pasado un año desde que reclamaste.

ENLACES DE INTERÉS:

- BANCO DE ESPAÑA - Pasos para reclamar ante este organismo, con enlace para hacerlo por vía telemática):
https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/consultasreclama/comorealizarrecl/

- AEPD (enlace para reclamar online):
https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/infoSede/tramitesCiudadano.jsf (pinchar en "Reclamaciones").

De ambos organismos, el que tarda más meses en emitir una respuesta (con diferencia) es el Banco de España: 

- Banco de España: no recuerdo cuánto tiempo fue en el caso que te expuse antes como ejemplo, pero entre los meses que da el BdE para que tu banco conteste, y los meses que se da a sí mismo para emitir una respuesta, se eterniza. Nueves meses al menos, seguro. Eso sí, me di cuenta enseguida de que habían leído todo lo que les envié (que no fue poco, a pesar de que intenté sintetizar y enviar los documentos de prueba imprescindibles, con el fin de evitar que no los leyeran y respondieran "cualquier cosa"), y su respuesta tenía "sentido" y estaba bien motivada. Es decir, no fue una respuesta automática, ni por salir del paso, ni saliéndose por los cerros de Úbeda, como hacen los bancos. 

- AEPD: el tiempo de respuesta fue mucho menor al del BdE, aunque tardó también algunos meses (no recuerdo si 3 o 4 -pilló agosto por medio-). Su respuesta también me di cuenta (como con el BdE) que era coherente con lo que les había enviado, y que se habían tomado interés real y se habían leído lo que les envié. Supe después, que el personal que tienen para ello es mucho más que mínimo, así que se lo agradecí aún más si cabe. 

Gracias a que hice mis quejas a organimos externos es que pude "ganar" la partida a CaixaBank:  al inicio reclamé ante el BdE. En ese caso, poco antes de que emitiera su resolución, el banco escribió una carta diciendo que se "allanaba" a mi reclamación (el término es literal, tal y como te lo pongo; y expuse anteriormente. Por tanto, el banco me daba la razón para evitar que el BdE, cuando emitiera su resolución pudiera afear su conducta. Después, como el banco se allanó, pero sólo en teoría, porque en la práctica tuvo el cuajo de seguir intentando tergiversar y hacer las cosas mal para poder quedar por encima de mí (es decir, se había allanado para que el BdE cerrar el caso pareciendo que se había llegado a un "acuerdo"), fue cuando reclamé ante la AEPD (teniendo como base principal la resolución del BdE, donde resalté lo que consideré de interés ante mis intereses; y algunos hilos de emails con el banco que había enviado en su momento al BdE). En este caso, al igual que pasó con el BdE, poco antes de que acabara el plazo para que la AEPD emitiera una resolución, el banco me dio la razón. En esta ocasión, sí atendió mi reclamación por fin, pero tuvo el cuajo de enviarme lo pedido a mi oficina, para que sólo pudiera recogerlo allí (cuando era algo que todos los bancos lo envían automáticamente al domicilio de los clientes, sin tener que solicitarlo). Dirás, "bueno, y qué. Sólo sería tomarse las molestias de ir a la oficina a recogerlo, ¿no?". No, es todo mucho más torticero: al banco le consta, desde siempre, que tengo una salud precaria que no me deja salir de mi hogar, por lo que toda gestión debo hacerla a través del ordenador, o del teléfono, o por mensajería. Por tanto, este giro de guión del banco fue su manera de ponérmelo difícil hasta el último minuto, y de intentar quedar por encima de mí. Pero no les duró mucho tiempo, porque reclamé a través del chat del gestor/a de la banca online, y, aunque al principio pasó del tema, la cosa cambió en cuanto le avisé de que el tema estaba en manos de la AEPD y que, aunque esta había emitido ya su resolución, como en su escrito ponía que tenía un mes para volver a reclamar sobre lo mismo, yo estaba dispuesta a hacerlo si no me enviaban de inmediato a mi vivienda lo solicitado. No tardó ni una semana en que me llegara, y bien.

Con esto, lo que quiero decir es que se puede conseguir, aunque se tarde tiempo y energías de inicio, al tener que elaborar una reclamación que esté bien motivada (a poder ser con algún artículo de la ley en la que basarse: puedes preguntar a una organización de consumidores sobre ello), y escoger qué documentación será la de mayor interés adjuntar a ella. Pero una vez consigues enviar tu reclamación, bien fundamentada y clara, ya la pelota queda en el tejado de organismos que no son el banco, y al banco, lo único que le importará a partir de entonces es "lavar su imagen" ante ese organismo. Ahí , hay que estar atento de qué responde al organismo al que reclamaste (te llegará a través del organismo en cuestión), y de desmentir las mentiras que puedan verter en su escrito, pero al menos ya no estarás dentro del círculo vicioso en que le banco te tiene dentro de su servicio de atención al cliente, sino que habrás conseguido sacar al banco de su terreno, para llevarlo a uno en que tu posición ante él sea más igualitaria y neutral. 

Espero que tengas suerte, y nos lo puedas contar (para que otros se animen a ver que se puede pelear y ganar (en este caso que nos ocupa, no tiene sentido que se obligue a alguien a tener que usar una forma de operar con SU dinero que no desea, o no le apetece, o no sabe utilizar; y tampoco tiene sentido que, para ello, se induzca al cliente hasta a tener un tipo de smartphone determinado para poder operar, en vez de el suyo antiguo, o un teléfono móvil sin acceso a Internet -que es algo que está probado, además, que es más seguro para que no te roben tus datos personales y bancarios, te envíen phising, te roben, etc.-). 

¡Ánimo, que se puede ganar, y con ello, abrir camino a otros para que lo tengan más fácil! (el problema es quedarnos parados y/o generar una actitud derrotista entre nosotros mismos, sin tan siquiera intentarlo y quede por escrito ante organismos externos, porque, esa actidud derrotista lo único que hace es beneficiar a los bancos, y hacerles ver que tienen cada vez más fuerza para hacer lo que les dé la gana con nosotros). Sé que cuesta muchísimo ponerse, y que hay que seleccionar qué batallas luchar (dado que el ciudadano siempre tienen las de perder frente a los "grandes", en general), pero si unos luchan en unas batallas, y otros en otras, esto hará que se amplíen los ámbitos en que haya reclamaciones, y eso faciltará el campo a otros que vengan detrás.  
#38

Re: Operar con Santander Key


Hola Tesauro,

Te paso el enlace para reclamar online a la AEPD que pides; y, por si lo necesitaras en algún momento futuro, el enlace para hacerlo al Banco de España:

- BANCO DE ESPAÑA - Pasos para reclamar ante este organismo, con enlace para hacerlo por vía telemática):
https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/consultasreclama/comorealizarrecl/

- AEPD (enlace para reclamar online):
https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/infoSede/tramitesCiudadano.jsf (pinchar en "Reclamaciones"). 

Es tremendo el trato que se da a los clientes por parte de los bancos, y que seamos los clientes los que tengamos que estar empleando tiempo y energías para poder poner en evidencia estas malas prácticas masivas y generalizadas.
#39

Re: Operar con Santander Key

Realmente a la AEPD quiero escalar mi reclamación porque mi solicitud de supresión de datos, no la han realizado y no es lo mismo un bloqueo (que puede deberse por ejemplo a introducir por error la contraseña) que la supresión/cancelación que tengo por derecho y avala el RGPD
#40

Re: Operar con Santander Key

Muchas gracias compañer@. Estoy en un plan que no voy a pasar ni una desvergüenza más, aunque tenga que dedicarle tiempo. Pues me fastidia más no hacer nada.
#41

Re: Operar con Santander Key

"Triunfan aquellos que saben cuándo luchar y cuándo no" (Sun-Tzu "El Arte de la Guerra")
#42

Re: Operar con Santander Key

Es que tengo claro que sin "armas" a la guerra no se debe ir a no ser que seas un camicaze.
#43

Re: Operar con Santander Key

No es eso lo que quiere decir esa frase. Lo que esa frase significa es que elijas bien las batallas que quieres luchar pues cada batalla lleva su desgaste y debes decidir si merece la pena o no.

Respecto al armamento también hay otra frase en el mismo libro:
"Triunfan aquellos que saben discernir cuándo utilizar muchas o pocas tropas."

En resumen: si vas a tener que reclamar, que la AEPD te responda de aquella manera no mojándose (un poco como hace el BdE con las reclamaciones que no son vinculantes), luego contratar abogado, ir a juicio (que igual pierdes por no se qué formalismo), pues debes ponderar si tu tiempo (que es lo principal que pierdes) vale más que lo que puedas ganar.
#44

Re: Operar con Santander Key

Perfecto.

Tengo claro, que lo que esté en mi mano lo haré y aquello que no lo esté desde luego será frustrante pero no me quedaré sin intentarlo.

Más gente debería no ser conformista porque por ello hay más sinvergüenzas y se creen inmunes. Les interesa el "analfabetismo financiero y legal" porque así pueden seguir haciendo sus "fechorías".
#45

Re: Operar con Santander Key

Y te lo dice alguien que está reclamando a Myinvestor 90 y pico euros de una promo que no cumplieron. Me acaba de contestar el BdE dándome la razón pero como no es vinculante Myinvestor ni siquiera se digna contestarme. Ahora me toca llevarles a juicio si quiero reclamar algo.