Aval bancario para alquiler
Hola,
quiero alquilar un piso y me piden un aval de tres meses y me gustaría q me recomendaseis algun banco donde lo pueda hacer.
gracias de antemano!!!!!!
Hola,
quiero alquilar un piso y me piden un aval de tres meses y me gustaría q me recomendaseis algun banco donde lo pueda hacer.
gracias de antemano!!!!!!
Repásate este hilo antiguo: https://www.rankia.com/foro/completo.asp?mensaje=38175
El aval bancario lo suele hacer el banco o caja de la que eres cliente. Si no tienes ninguna vinculación con una entidad difícilmente te van a hacer un aval bancario.
Un cordial saludo.
Un Aval bancario de tres meses es algo insignificante, en la caja o banco donde tengas la nomina domiciliada te lo hacen en 10 minutos.
Si no tienes nomina domiciliada ni dinero a plazo, dificilmente un banco se mojara por hacertelo, por insignificante que sea.
un saludo
Te han informado muy bien los compañeros. Si no te dan el aval pero tienes el importe de los tres meses, y te interesa mucho el alquiler, puedes abonarlos como fianza.
Ya se que lo establecido por la ley y el mundo real, en ocasiones van por caminos diferentes y sobre todo en el mundo de los alquileres de viviendas.
Creo recordar de mis tiempos de inquilino que le Ley de Arrendamientos Urbanos esablecía una fianza de un mes que debía abonarse en metálico.
¿Es legal pedir más de un mes de fianza?
¿Es legal pedir avales?
¿Es posible atender las exigencias del arrendador y seguidamente requerir la devolución de la fianza percibida indebidamente y en su caso del aval? ¿Existe jurisprudencia al respecto? ¿Alguien lo sabe?
Simple curiosidad.
Lo normal es pedir un mes de fianza cuando se alquila el piso vacio, y dos mensualidades cuando está alquilado.
La fianza me parece un abuso de los propietarios. Todo el que tiene un negocio asume unos riesgos, pero ellos no quieren asumir ningún riesgo y exigen una fianza.
Normalmente piden un aval por un año o más. Un aval por 3 meses no tiene mucho sentido.
El aval lo puede dar un Banco o una persona física que tenga alguna propiedad y, en caso de impago del alquiler, el propietario puede reclamar la deuda al avalista.
Obligación de pedir avales no existe. Sí la del mes de fianza; y si el contrato lo legalizas ante la Administración creo que son dos o tres meses de fianza.
Pero lógicamente culquier arrendador puede pedir las garantías que quiera, siempre que el inquilino esté dispuesto a prestarlas.