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Duro Felguera

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Duro Felguera
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Duro Felguera
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#19969

Re: Duro Felguera

Francamente mal sitio para empezar

El valor se va a mover entre 0.027 precio de la AK y los 0.03 donde los centímeros venden
Ponte stop loss en 0.0265, y suelta esas acciones en 0.0295 y recompra más abajo

Y cuidado, esto no es para principiantes

Lo fácil es culpar a otros o a la mala suerte... en vez de al poco cuidado

#19970

Re: Duro Felguera

No te has enterado? Claro como no estás invitado pronto lo sabras  pero aquí de momento esperando hay rumores de que van a poner una canción de mis preferidas.

 

#19971

Re: Duro Felguera

Me ha dado por mirar el gráfico de esta acción tan popular en los últimos meses.... bajista a todas luces con solo una línea....

#19972

Re: Duro Felguera

Que suene la música como en el Titanic

#19973

Re: Duro Felguera

Bueno aquí hay foreros que intentan engañar a la gente y hay que conocerlos .
El Sr Acacio ha podido acudir a la AK y no está obligado a declarar si no alcanza el 3 por ciento del voto es decir meter 3.7 millones aprox de euros ahí es nada para un mortal
Por lo que creo que habrá acudido con bastante menos y yo tampoco lo declararía cómo harán otros muchos
Duro Felguera tras la AK 125 millones se encuentra ahora a punto de cerrar la venta de los tanques de Cartagena y la concesión del préstamo ICO de 50 millones que junto con la venta de oficinas y DFRail Núcleo etc va a alcanzar los 210 millones de capital en su caja.
https://www.google.es/amp/s/cincodias.elpais.com/cincodias/2007/10/19/mercados/1193009205_850215.amp.html

#19974

Re: Duro Felguera

Eso es mentira. Los Consejeros y Directivos de la Empresa tienen que declarar su participación sea cual sea. La información puedes verla en CNMV. Todos saben que quien miente eres tú, como la fusión con TSK, entrada JP Morgan, etc, eres una empleada pero no te da derecho a mentir

#19975

Re: Duro Felguera

[Bloque 41: #a31]
Artículo 31. Notificaciones de los administradores del emisor.
1. Los administradores de un emisor para el que España sea Estado de origen cuyas acciones estén admitidas a negociación en un mercado secundario oficial o en otro mercado regulado domiciliado en la Unión Europea, además de las obligaciones establecidas en el artículo 9 del Real Decreto 1333/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de abuso de mercado, deberán informar, con independencia del porcentaje que representen, de la proporción de derechos de voto que quede en su poder tras las operaciones de adquisición o transmisión de acciones o derechos de voto, así como de instrumentos financieros que den derecho a adquirir o transmitir acciones que tengan derechos de voto atribuidos.
2. La obligación de notificación establecida en el apartado anterior se aplicará también en el momento de la aceptación de su nombramiento y cese como administrador. Igualmente, se aplicará cuando se produzca la admisión a negociación por primera vez, en un mercado secundario oficial o en otro mercado regulado domiciliado en la Unión Europea, de las acciones de un emisor para el que España sea Estado de origen.

#19976

Re: Duro Felguera

Esta es posterior al año 1988 y es la que está en vigor y regula la obligación Art 28 (Instrumentos financieros)BOE Año 2015.
Nada de nada bajan del 5 por ciento al 3 hasta para la señora de la limpieza pero si no llegas no hay obligación alguna nada habla de Consejeros.
http://www.bolsasymercados.es/esp/Estudios-Publicaciones/Documento/5153_La_comunicación_de_participaciones_significativas_se_hace_más_exigente