Primero debe contestar la empresa y sí, como creemos, son los socios industriales los que deben solicitar la exención de OPA, que se informe vía OIR al mercado sobre la solicitud de OPA, será entonces, con la certeza de la solicitud cuando el SAM requerirá a la CNMV para que resuelva con urgencia la exención pues es incuestionable que se cumple el presupuesto legal.
Si no se contesta por la empresa, como hemos anunciado, realizaremos las actuaciones a que haya lugar en defensa del interés asocial y del colectivo de accionistas minoritarios.