Ahi se explica como, efectivamente...... la tardanza NO se debia a la empresa, ni tan siquiera a la CNMV; como se aseguraba aqui, incluso hasta HACE UN RATO (de descojono).
La tardanza ha sido por el retraso en la solicitud por parte del socio inversor, que es quien DEBIA EMITIR su petición, y nadie mas.
Enhorabuena a todos, y una vez mas, quedan RETRATADOS los de siempre, especialmente uno.