No se que parte no entendiste de mi párrafo
Los riesgos de los créditos, se pueden
minimizar de múltiples formas, incluso hacerlos inexistentes.
Una podría ser tan simple como que CAR le endose a favor de los prestamistas los instrumentos de cobro (imagínate pagarés, certificaciones de obra en curso, … … ) de las facturaciones de ... "
Imagino que será por poner palito en rueda. Vale, admito pulpo. 1-0. Pero en fuera de juego.
Mira, si el hipotético pagaré es emitido A LA ORDEN ya nadie se puede oponer a ser transmitido tantas veces como se quiera. Se timbra y punto. Y si es NO A LA ORDEN, ya no hace falta oponerse a nada porque no se puede transmitir. Así de sencillo. 0.1.
Y si es Certificación de obra, esas ya son endosables por sí mismas dado que, por ejemplo, pueden ser endosadas a Entidad financiera para su inmediato descuento y ya será esa Entidad quien lo perciba y cancele la deuda. Vale? 0.2.
Aplicando Groucho. Si no te gustan estos principios, tengo otros. Muchos, añado yo.
El segundo párrafo de tu post si que resulta censurable por absurdo. Según tu pactar intereses de usura minimiza el riesgo. O sea que no te devuelven el principal del crédito y sin embargo así minimizas el riesgo porque ¿te van a pagar los intereses de usura?. Pues si que minimiza riesgo, si. Piensatelo de nuevo. Jamás, jamás se concede crédito, ni siquiera hipotecario, si tienes dudas serias de que no vas a cobrarlo. Si es necesario puedo ampliar causa/efecto. Acudir a la justicia es nefasto para las dos partes. Los intereses solo son rentabilidad. Nada que ver con riesgo.
Sin embargo, tienes razón visto desde un plano irónico. Alguien me dijo en una ocasión que "el que pierde una vaca y encuentra un cuerno, ya no lo perdió todo". No hay duda. Razón llevaba para el que encontró el cuerno. Amarga, pero razón.
BN