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Abengoa levanta el vuelo

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Abengoa levanta el vuelo
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Abengoa levanta el vuelo
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#72097

Re: Abengoa levanta el vuelo

SINDICATURA
INSTRUCCIONES PARA EL ENVÍO DE LOS JUSTIFICANTES

El envío de justificantes nos ayuda a hacer un seguimiento del porcentaje de voto que llevamos y a detectar posibles errores. Tenéis que realizar lo siguiente:

1.  (Solo los que hayáis delegado por correo postal, los de telemático pasar a punto  2) Renombrar como ApellidosNombreCertificado el archivo del certificado de acciones. Ejemplo: GarciaPerezJoseManuelCertificado

2.  Renombrar como ApellidosNombreDelegacion el archivo con la tarjeta de la delegación ( las 4 hojas ). Ejemplo GarciaPerezJoseManuelDelegacion

3.  Enviar ambos archivos al siguiente correo [email protected] En “Asunto” escribimos  Apellidos Nombre Justificante. Ejemplo Garcia Perez Jose Manuel Justificante. Adjuntamos los 2 archivos.

4.  Solo se contestarán a los correos en los que se detecte algún fallo, ya sea que no se han adjuntado los justificantes o que estos contienen errores. SI TODO ESTÁ BIEN, NO SE CONTESTARÁ (son cientos de correos y no nos da tiempo).
#72099

Re: Abengoa levanta el vuelo

#72100

Re: Abengoa levanta el vuelo

El artículo es de 2015, por cierto, y señala que:

 "La falta de aprobación de cuentas anuales, un problema para el administrador"

Aquí, en Abengoa, no existe un problema por la esperada falta de aprobación de las cuentas,
el problema es el administrador, que falta en repetidas ocasiones a la normativa vigente que se pasa por el arco del triunfo.

 Dicho de otro modo, aprobar las cuentas de la matriz sin que haya un plan de rescate que asegure su supervivencia pondría a Abengoa SA en riesgo cierto de liquidación este mismo año, tal como pretenden los acreedores (Vellocino y oferta Terramar) y el propio administrador concursal, según ha manifestado a directivos de Abenewco 1. " 

 Baste recordar que el artículo 335 del Texto Refundido de la Ley Concursal considera un motivo de prohibición de la presentación de una propuesta anticipada de convenio haber incumplido en alguno de los tres últimos ejercicios la obligación del depósito de las cuentas anuales.

O el artículo 444, que establece que será motivo de presunción de culpabilidad en el concurso “si, en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a la declaración de concurso, el deudor obligado legalmente a la llevanza de contabilidad no hubiera formulado las cuentas anuales, no las hubiera sometido a auditoría, debiendo hacerlo, o, una vez aprobadas, no las hubiera depositado en el Registro mercantil o en el registro correspondiente”. 

Un concurso culpable abriría la vía a consecuencias penales para los administradores afectados. 
(Diario de Sevilla, Alberto Grimaldi)
#72102

Re: Abengoa levanta el vuelo

INSTRUCCIONES PARA EL ENVÍO DE LOS JUSTIFICANTES

El envío de justificantes nos ayuda a hacer un seguimiento del porcentaje de voto que llevamos y a detectar posibles errores. Tenéis que realizar lo siguiente:

1.  (Solo los que hayáis delegado por correo postal, los de telemático pasar a punto  2) Renombrar como ApellidosNombreCertificado el archivo del certificado de acciones. Ejemplo: GarciaPerezJoseManuelCertificado

2.  Renombrar como ApellidosNombreDelegacion el archivo con la tarjeta de la delegación ( las 4 hojas ). Ejemplo GarciaPerezJoseManuelDelegacion

3.  Enviar ambos archivos al siguiente correo [email protected] En “Asunto” escribimos  Apellidos Nombre Justificante. Ejemplo Garcia Perez Jose Manuel Justificante. Adjuntamos los 2 archivos.

4.  Solo se contestarán a los correos en los que se detecte algún fallo, ya sea que no se han adjuntado los justificantes o que estos contienen errores. SI TODO ESTÁ BIEN, NO SE CONTESTARÁ (son cientos de correos y no nos da tiempo).
#72103

Re: Abengoa levanta el vuelo

 https://us19.campaign-archive.com/?e=e28ad69e3a&u=c501e688d749a2573106970b7&id=bb3fd6695d


"El conocimiento de estos hechos, que probablemente se unan a la causa judicial abierta y que, de momento, instruye el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de los está pendiente que la juez titular, Reyes Flores Canales, resuelva la petición de la Fiscalía de que se inhiba en favor de la Audiencia Nacional, jurisdicción que ya se declaró incompetente antes de que se conociese la dimensión real de los supuestos delitos que se atribuyen a los querellados–, condiciona además el presente más inmediato de empresa, porque la culminación de esos hechos –lo que la querella llama el “plan preconcebido” para recuperar pérdidas con fuertes comisiones e intereses, quedarse con los activos y liquidar la sociedad–
SE PRODUJO DURANTE EL EJERCICIO DE 2019, que está previsto que vuelva a someterse a la aprobación de los accionistas en una semana en una nueva junta general ordinaria....

Incluso ha derivado en cisma, pues uno de los síndicos, Manuel Figuerola Martín, el que abiertamente se opuso a la aprobación recomendada por la sindicatura, ha comunicado formalmente y por escrito que renuncia a esa responsabilidad y que se le sustituya por otra persona....
Los importantes riesgos que generaría la aprobación de las cuentas sin que los accionistas tengan asegurada que se cumple el plan de rescate por el que vienen luchando hace casi año y medio ha provocado que una parte de la sindicatura, aparentemente minoritaria, inste una y otra vez a que se reflexione sobre la consecuencia de que aprobar las cuentas de 2019 provoque que Abengoa SA pase a la fase de liquidación del concurso de acreedores, una vez que el único ejercicio comprometido por los hechos denunciados ante los tribunales quedaría aprobado, para siempre, por el capital social. 

Porque aprobar las cuentas avalaría las operaciones hechas, incluyendo la PÉRDIDA DEL A3T..  incluso aunque se vote en contra, como se propone, el informe de gestión del consejo .

Es público que la administración concursal ha trasladado en diversos órganos del grupo que su intención es pasar a la fase de liquidación este mismo año...

Ambos episodios no dejan dudas del interés cierto de los acreedores financieros por asegurar cuanto antes y para siempre la aprobación de las cuentas de 2019,  tanto cuando quien proponía en su nombre era Urquijo como ahora, cuando la administración concursal defiende los mismos planteamientos...." 

(Extracto del Grupo Joly, Alberto Grimaldi, lunes 8/11/2021)


MÁS CLARO, AGUA

#72104

Re: Abengoa levanta el vuelo para su liquidación

 Si las cuentas las aprobamos, exoneras al administrador concursal y a los anteriores presuntos delincuentes financieros de futura responsabilidad ante la justicia, ya que estás dando tu consentimiento a todo lo anteriormente ejecutado y justificarías, la liquidación-disolución de Abengoa y el concurso voluntario.
Por eso, quieren que se las validemos, para eximirles de las irregularidades e ilícitos penales presuntamente cometidos, y que contarían con el aval y aceptación de los accionistas-propietarios de la empresa, es decir, NOSOTROS.
 De ahí que la Fiscalía abrió unas diligencias de información que cerró al instar su unión a la querella por apreciar que “tales hechos serían indiciariamente constitutivos, a priori, de un delito de administración desleal, un delito contra el mercado, un delito societario, y un eventual delito de estafa”, así como el Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional que se encargó de tramitarla, pero su titular, el juez José Luis Calama Teixeira, se declaró incompetente, aunque no sin señalar que apreciaba indicios de delito en los hechos denunciados por la acción penal, tal y como avanzó el diario de Sevilla.

Y las cuentas de 2020, de las que nada se ha comunicado al mercado, pese a seguir siendo obligatorio para una cotizada. De 2020 no se conoce ni el resultado, ni el balance, ni ningún otro dato, a pesar de la prórroga concedida por el juez concursal.

https://www.diariodesevilla.es/economia/Abengoa-autorizacion-retraso-presentacion-cuentas-2020_0_1579044114.html

"El riesgo para los acreedores sin que las cuentas de 2019 estén aprobadas es muy alto en un concurso culpable, por todas las cuestiones explicadas que se hicieron en ese ejercicio. “Si se validan las pérdidas de 487 millones, se valida la causa de disolución”, dicen. Incluso aunque esté rechazada la gestión social, el aval que supone la aprobación por el capital de las cuentas consolidadas se considera indispensable, señalan las mismas fuentes. Fuentes jurídicas consultadas señalan que la jurisprudencia da valor a que las cuentas ya auditadas y consolidadas pasen el filtro de los accionistas con su voto favorable en una situación así, dentro de la pieza penal separada que provocaría el concurso culpable. "

Queréis algunos accionistas, ser cómplices y víctimas de esta presunta trama corrupta?

Queréis aprobarle a Urquijo un bonus de 954000€ por su torticera gestión?

Queréis querellaros contra él y cía, (punto 6 del orden del día) y paradógicamente, al mismo tiempo, aprobar las cuentas de su ejercicio 2019, para luego, no aprobar  la gestión social de la empresa (punto 2.3), cuyo resultado son las susodichas cuentas formuladas  derivadas de dicha gestión?

Queréis validar las cuentas de 2019, que desconocemos en muchos apartados, por la negativa de Urquijo y cía. a suministrárnoslas, ya que se le enviaron varios burofaxes requiriéndoselas, y no nos contestaron, siendo uno de los  motivos de la querella que se ha presentado y nos vamos a adherir-personar?

Queréis, potencial y desgraciadamente, si dais el beneplácito a las cuentas´2019, formar parte del plan del administrador concursal y los acreedores, para la disolución de nuestra empresa de renovables, Abengoa S.A. que ha sido pionera en el planeta y puede continuar siéndolo, ergo, recuperar nuestra inversión?

Pues, ya sabéis, votad a la aprobación de las cuentas y aplicación del resultado (puntos 2.1 y 2.2)

"Para que el mal triunfe,solo se necesita que los hombres buenos no hagan nada"
 

(Edmund Burke)

 
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