Hola. Yo creo que depende mucho de tu situación personal (si necesitas el dinero o no) y de en qué período se han generado las plusvalías/minusvalías a las que te refieres.
En este año 2013 ya sólo podrás compensar minusvalías con plusvalías si ambas se han generado en el mismo período (inferior a un año o superior a un año).
Yo por ejemplo tengo unas minusvalías acojonantes con TEF (que compré hace 3-4 años y por lo tanto son minusvalias generads en un plazo superior aun año) este año llevo acumuladas unas plusvalías (con SAN e IBE) de unos 1.300 € si las vendiera ahora, pero serían generadas en un plazo inferior al año. Así que mi idea es aguantar hasta que lleve un año con ellas y con las plusvalías que obtenga (si dentro de 6-7 meses que me faltan para hacer el año los valores siguen al precio de hoy) cuando venda SAN e IBE entonces procederé a vender acciones de TEF para conseguir unas minusvalías similares a las plusvalías que hayan generado SAN e IBE. Así, ambas (plusvalías y minusvalías) serán generadas en un plazo superior a un año y podrán compensarse.
Es un poco lioso pero espero que haya quedado claro