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Las conclusiones del abogado general de la UE se posponen desde el 24 de junio hasta el 10 de septiembre. Es el paso previo a la sentencia del alto tribunal sobre un millón de hipotecas
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)IRPHBancaUnión Europea
22/05/2019 17:15 - Actualizado: 22/05/2019 21:01
La mayor parte de los bancos y un millón de hipotecados seguirán en vilo más tiempo, porque el abogado general de la Unión Europea ha anunciado la lectura de sus conclusiones sobre el IRPH para el 10 de septiembre, lo que supone un retraso de casi tres meses respecto a la fecha inicialmente prevista, el 24 de junio. Este análisis no es vinculante, aunque en la mayoría de los casos el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que dictará la sentencia definitiva antes de que acabe el año, sigue sus recomendaciones. Asimismo, será una pista para que los bancos se preparen para el mayor riesgo que tienen a la vista, en caso de que sea negativo a sus intereses.
De hecho, con el precedente más preocupante para los bancos por la devolución de más de 2.000 millones con las cláusulas suelo —cifra que aún podría seguir aumentando—, el abogado general recomendó que el fallo fuera en línea con el dictamen previo del Supremo, que se mostró en contra de la retroactividad más allá de su decisión en 2015, pero el TJUE dictaminó que las entidades debían devolver todo. En este caso, los cálculos de los bancos de inversión hablan de un impacto de entre 7.000 millones y 50.000 millones si la sentencia es contra la banca y en favor de los afectados. La horquilla es amplia, porque depende de si se decide que devuelvan todos los intereses, solo la parte superior a un cálculo sobre el euríbor o si se cancelan todos los préstamos por declararlos nulos.
El BdE urge a la banca a calcular el impacto de una sentencia desfavorable en el IRPH
El Banco de España quiere que los bancos tengan estimado el daño potencial de diferentes escenarios según el fallo del TJUE previsto para la segunda mitad del año
El IRPH (índice de referencia de los préstamos hipotecarios) es un índice calculado por el Banco de España, aunque lo que está en tela de juicio no es cómo se estima o que se pueda utilizar para referenciar las hipotecas, sino que se evalúa si se realizó con la suficiente transparencia e información para el cliente. Es decir, lo mismo que en otros casos en los que la banca ha perdido numerosas batallas judiciales. CaixaBank y Kutxabank son los bancos que tienen una mayor cartera de préstamos con este índice frente al total, aunque todas las grandes entidades se juegan un daño multimillonario salvo Bankinter.
El Tribunal Supremo lo declaró legal y no abusivo a finales de 2017, pero aun así el asunto acabó en Europa. Con el paso del tiempo, muchos hipotecados comprobaron que el IRPH tenía tipos superiores al euríbor, incluso aunque el diferencial fuera mayor. Así, una familia con una cuota de 950 euros soportaba un incremento del coste de 36 euros mensuales en 2007 por un IRPH más el 0,25% respecto al euríbor, más el 0,75%, según cálculos del economista Pau A. Monserrat, profesor de la Universitat de les Illes Balears y economista de Futurlegal. Los préstamos con IRPH se comercializaron con diferenciales inferiores al tener de partida intereses más altos. La brecha en este ejemplo aumentó hasta los 200 euros en 2008 y se mantuvo por encima de los 100 euros al mes desde 2012, cuando empezó a desplomarse el euríbor.
https://www.elconfidencial.com/empresas/2019-05-22/irph-hipotecas-abogado-tjue-conclusiones-banca_2017202/
Un saludo!
P.D: Publico el post ante las posibles dudas sobre la sentencia que dará Bruselas sobre el IRPH que quedó emplazada como mínimo hasta Septiembre.
Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy