Acceder

BBVA (BBVA): Seguimiento del valor

9,86K respuestas
BBVA (BBVA): Seguimiento del valor
48 suscriptores
BBVA (BBVA): Seguimiento del valor
Página
749 / 1.248
#5985

Re: BBVA (BBVA): Seguimiento del valor

 

IRPH


 

La banca dice que el fallo del Supremo confirma el IRPH porque es un índice oficial


La patronal bancaria ha aplaudido la decisión, ya que ha ratificado su validez





Las patronales del sector bancario han aplaudido que el Tribunal Supremo haya zanjado el asunto del Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH), ya que su fallo confirma que se trata de un "índice oficial" elaborado por el Banco de España y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El portavoz de la Asociación Española de Banca (AEB), José Luis Martínez Campuzano, ha señalado que, con la información disponible, "el Tribunal Supremo ha zanjado el asunto no declarando abusiva la cláusula del IRPH, confirmando el criterio anterior del propio tribunal y del TJUE sobre la validez de la utilización del índice y que no es abusivo".

De su lado, el portavoz de la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA), Alberto Aza, ha destacado que el IRPH es "un índice oficial" elaborado por el Banco de España y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

"El Tribunal Supremo reafirma la validez del IRPH al declararlo no abusivo, en línea con la jurisprudencia vigente del TJUE y del propio Tribunal Supremo", ha apuntado.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha determinado este miércoles que los cuatro recursos analizados sobre hipotecas ligadas al Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) presentan falta de transparencia, por no haberse informado de la evolución del mismo en los dos años anteriores, pero no abusividad.

La decisión no ha sido unánime, ya que el fallo ha recibido el voto particular del magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, quien cuenta con una opinión divergente respecto a la decisión mayoritaria. El órgano judicial dará a conocer el texto íntegro de la sentencia en los próximos días.

Fuente.- Bolsamanía 
#5986

Valores españoles


Buenas noches.
En cuanto al cierre de los ADR de valoes españoles más significativos que cotizan en el NYSE.
Cierre EEUU en euros y diferencia con España
TEF 3,04 1,46%
BBVA 2,39 0,03%
SAN 1,68 0,56%
Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#5987

Re: BBVA (BBVA): Seguimiento del valor

 

IRPH


 

Valoración de urgencia de la postura del Supremo sobre IRPH


Hoy 21 de octubre de 2020 el Tribunal Supremo ha emitido una nota de prensa en la que hace saber que ha resuelto varios recursos de casación en relación con la cláusula de interés variable IRPH. En dicha nota afirma que, siguiendo jurisprudencia del TJUE, ha apreciado falta de transparencia por parte de las entidades bancarias. Reconoce por tanto que el TJUE corrigió su anterior pronunciamiento, de 14 de diciembre de 2017, mediante el cual el Supremo español pretendió que la cláusula estaba exenta de todo tipo de control. Sin embargo, la nota del Supremo sigue diciendo que ha efectuado además un análisis de abusividad. Y la conclusión, para sopresa de nadie, es que no ha apreciado abusiviad.

A falta de poder analizar las sentencias, que serán conocidas en unos días, constatamos que el Supremo ha perpetrado hoy su segundo intento de salvar a la banca en materia de IRPH. Igual que en la primera ocasión, hay un voto particular. En la sentencia de 2017 el voto particular era del magistrado Francisco Javier Orduña, y al mismo se adhirió el magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas. Hoy Orduña ya está jubilado, así que Arroyo Fiestas se ha quedado solo.

Cabe destacar que el propio Orduña, en un artículo de 8 de mayo de 2020 (en Confilegal) y hablando precisamente de IRPH, decía que «lo que resulta inviable es “desnaturalizar” el control de transparencia con el artificio de argumentar que cabe la existencia de una falta de transparencia que, no obstante, no tenga trascendencia al no ser, a su vez, abusiva». Y es precisamente lo que pretende el Supremo. Orduña añadía que «la falta de transparencia comporta de forma necesaria y directa el juicio de abusividad, no necesita de un posterior juicio de falta de contenido (desequilibrio de prestaciones)».

Así que las dudas sobre la legalidad de la sentencia están servidas, y previsiblemente las tendrá que aclarar el TJUE. ¿Qué ocurrirá? Lo que sucede en estos casos: el TJUE dará la razón a Orduña y a Arroyo Fiestas, y volverá a dejar en ridículo al Supremo. Una vez más.

Y que conste que como afectadas no tenemos ningún problema en entrar a analizar si la cláusula IRPH induce o no un desequilibrio entre las partes: empezaríamos por verificar si algún banco ha acompañado al IRPH del diferencial negativo indicado por el Banco de España como necesario para hacer que un préstamo referido a este índice esté ajustado a precio de mercado. La respuesta es fácil: ningún banco cumplió con este precepto; todos abusaron, aplicando diferenciales nulos o incluso positivos.

El problema de todo esto es que precisamente hoy se cumplen 7 años desde que IRPH Stop Gipuzkoa, con la asistencia voluntaria de Maite Ortiz y José María Erauskin, inició la batalla judicial contra el IRPH presentando en Donostia la primera demanda de abusividad de esta cláusula. Siete años son demasiados y mucha gente se ha quedado en el camino, pero vemos que no hay más remedio que continuar luchando.

Fuente.- IRPH Stop Guipuzcoa
 
#5988

Sectorial bancario europeo

Buenas tardes.
STOXX Banks EUR Price (SX7E)
56,11 +0,22    +0,39%
Rango día54,62 - 56,21
Principales ganadores
Nombre Último Var. % Var.
BBVA 2,427 +0,033 +1,38%
Santander 1,687 +0,019 +1,13%
ABN AMRO 7,42 +0,08 +1,04%
Société Générale 12,51 +0,12 +0,94%
KBC 44,65 +0,37 +0,84%
Principales perdedores
Nombre Último Var. % Var.
Bankinter 3,316 -0,140 -4,05%
Bper Banca 1,187 -0,031 -2,51%
Commerzbank 4,436 -0,053 -1,18%
Erste Group Bank AG 17,660 -0,150 -0,84%
Banco Sabadell 0,275 -0,001 -0,47%
Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#5989

Valores españoles


Buenas noches.
En cuanto al cierre de los ADR de valores españoles más significativos que cotizan en el NYSE.
Cierre EEUU en euros y diferencia con España
TEF 3,06 1,96%
BBVA 2,45 0,75%
SAN 1,71 1,29%
Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#5990

Re: BBVA (BBVA): Seguimiento del valor

 

IRPH: Si no es transparente es abusivo



José María Ruiz de Arriaga es el socio director de Arriaga Asociados.




Jesús María Ruiz De Arriaga | 22 Octubre, 2020

Acabo de conocer la nota de prensa elaborada por el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo sobre 4 casos de préstamos hipotecarios con cláusulas IRPH.

Sin conocer el contenido de la sentencia que se redacte y su fallo, me parece, cuanto menos, que se está ignorando de manera deliberada y no sé con qué intención, leyes y jurisprudencia de esta sala:

• Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley de Condiciones generales de la Contratación, en su artículo 83.

• Ley de Condiciones generales de la Contratación, en su artículo 5.




• La jurisprudencia de esta misma Sala, de fecha 1 de octubre de 2020, es decir de este mes.

• La jurisprudencia de esta Sala, de 9 de Marzo de 2017.

• La jurisprudencia de esta Sala, de la 9 de mayo de 2013.

• La jurisprudencia de la sentencia de 15 de diciembre de 2017.



Me llama poderosamente la atención de que el Tribunal llegue a la conclusión, con la excepción del voto particular de D. Francisco Javier Arroyo Fiestas, de que, a pesar de no superar el control de transparencia, pueda plantearse siquiera la posibilidad de realizarse el control de abusividad.

Es obvio, que dicho control solo podría hacer si se hubiera declarado que la cláusula fuera transparente porque la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, señala taxativamente que las condiciones incorporadas de modo no transparente en los contratos en perjuicio de los consumidores serán nulas de pleno derecho, y sobre todo, en este caso que la condición principal del contrato es el precio, es decir, el tipo de interés que se debe cobrar el banco y pagar el consumidor.


LEYES QUE TRANSPONEN DIRECTIVAS COMUNITARIAS


Estas leyes vienen a trasponer Directivas comunitarias.



La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios señala:

“Artículo 83. Nulidad de las cláusulas abusivas y subsistencia del contrato.



“Las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas. A estos efectos, el Juez, previa audiencia de las partes, declarará la nulidad de las cláusulas abusivas incluidas en el contrato, el cual, no obstante, seguirá siendo obligatorio para las partes en los mismos términos, siempre que pueda subsistir sin dichas cláusulas.

“Las condiciones incorporadas de modo no transparente en los contratos en perjuicio de los consumidores serán nulas de pleno derecho.”

La Ley de Condiciones generales de la Contratación dice:



“Artículo 5.5 Requisitos de incorporación.

“5.- La redacción de las cláusulas generales deberá ajustarse a los criterios de transparencia, claridad, concreción y sencillez. Las condiciones incorporadas de modo no transparente en los contratos en perjuicio de los consumidores serán nulas de pleno derecho”.


RECIENTE SENTENCIA DEL SUPREMO


Sobre este tema el Tribunal Supremo en su recientísima sentencia del 1 de octubre de 2020, haciendo referencia a sus anteriores sentencias de 9 de marzo de 2017, y a la 9 de mayo de 2013 señalaba esto, de acuerdo, además, con la doctrina comunitaria, sobre la transparencia:

“Esto es, no permite concluir por sí sola que en este caso el consumidor hubiera sido informado, con la antelación suficiente, de la existencia de un suelo (del 3,50%), que impedía pudiera bajar más, y sus consecuencias. La información precontractual que se exige va destinada a que el consumidor pueda conocer de la existencia del límite y cómo incide en la variabilidad del interés, con antelación a la celebración del contrato. De tal forma que, en un supuesto como el presente, la mención posterior del notario, en el momento de la firma de la escritura de préstamo, ligada a la adquisición del inmueble cuya compra se financiaba, resultaba insuficiente“.

En este mismo mes el Tribunal Supremo deducía de una cláusula suelo, que la falta de transparencia determinaba la nulidad de la cláusula.

Continúa con esta sentencia del presente mes de octubre: 

“La ratio de la sentencia 241/2013, de 9 de mayo, era básicamente que la ausencia de una información suficiente por parte del banco de la existencia de la cláusula suelo y de sus consecuencias en el caso en que bajara el tipo de referencia más allá de aquel límite, y la inclusión de tal cláusula en el contrato de forma sorpresiva, oculta entre una profusión de cláusulas financieras, provoca una alteración subrepticia del precio del crédito, sobre el que los prestatarios creían haber dado su consentimiento a partir de la información proporcionada por el banco en la fase precontractual”.

La sentencia n.º 608/2017 de 15 de diciembre, es la STS de multidivisa que recoge la consecuencia directa de la nulidad de una clausula no transparente en el fundamento 52 y 53, aunque no de forma clara:

“52.- (…) Y la conclusión que se desprende de esta aplicación es, como se ha expuesto, que las cláusulas cuestionadas no superan el control de transparencia que desde la sentencia 241/2013, de 9 de noviembre, hemos fundado en los artículos 60.2, 80.1 y 82.1 texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y  Usuarios (TRLCU) y el artículo 4.2 de la Directiva sobre cláusulas abusivas, porque los prestatarios no han recibido una información adecuada sobre la naturaleza de los riesgos asociados a las cláusulas relativas a la denominación en divisas del préstamo y su equivalencia con la moneda en que los prestatarios reciben sus ingresos, ni sobre las graves consecuencias asociadas a la materialización de tales riesgos.

“53.- En esta se declara la nulidad parcial del contrato, que supone la eliminación de las referencias a la denominación en divisas del préstamo, que queda como un préstamo concedido en euros y amortizado en euros”.


Según el exmagistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y catedrático de Derecho Civil de la Universitat de València, Francisco Javier Orduña Moreno, la falta de información ya ha generado un desequilibrio, por ello que una clausula sea no transparente conlleva inevitablemente su abusividad.

Y cuestión completamente distinta es el control de contenido o abusividad, que es diferente al control de transparencia que conlleva de forma directa su abusividad y nulidad.


CONCLUSIONES


No sé cuáles son las intenciones de esta Sala para ir tan diametralmente en contra de los consumidores y a favor con los bancos, en un caso que está claro, que cuando el banco oculta la información, siempre lo hace en beneficio del banco y en perjuicio del consumidor.

Tengo el miedo de que resulte una artimaña para eludir la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo cual está prohibido por el artículo 4 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Está siendo muy frecuente que la sentencias sobre bancos y consumidores del Tribunal Supremo tengan que ser corregidas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo cual mina la credibilidad de nuestros tribunales y causa perjuicios y retrasos en los consumidores.

• Y también resulta muy significativo que el propio Tribunal se contradiga una sentencia de este mismo mes, revalidando su jurisprudencia anterior, pero, aparentemente en contra de la de hoy.

• La cláusula sí es abusiva, pues genera un “desequilibrio” entre las partes, ya que el consumidor en igualdad de condiciones e información que el banco, no hubiera aceptado la cláusula de IRPH, así como la vulneración de la Buena Fe.

Fuente.- José Mª Ruiz de Arriaga.- Confilegal



 
#5991

Sectorial bancario europeo

Buenas tardes.
STOXX Banks EUR Price (SX7E)
57,43 +1,32    +2,35%
Rango día56,17 - 57,88
Principales ganadores
Nombre Último Var. % Var.
Banco Sabadell 0,289 +0,014 +5,17%
Santander 1,744 +0,057 +3,35%
Erste Group Bank AG 18,245 +0,585 +3,31%
Bankinter 3,422 +0,106 +3,20%
Commerzbank 4,574 +0,138 +3,11%
Principales perdedores
Nombre Último Var. % Var.
Mediobanca 6,568 +0,060 +0,92%
Natixis 2,10 +0,02 +1,15%
Bper Banca 1,204 +0,017 +1,43%
CaixaBank 1,720 +0,027 +1,57%
Bank Ireland 1,879 +0,042 +2,29%
Un saludo y buen finde!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#5992

Re: BBVA (BBVA): Seguimiento del valor

 
Buenas tardes. 

Video Análisis con Roberto Moro: IBEX35, SP500, Audax, Telefónica, Gestamp, Merlin, Deoleo, Codere, Grenergy, Almirall, Pharmamar, BBVA, Santander, Bankinter... 

Capital Radio Intereconomía Viernes 23/10/2020 

 

Un saludo y buen finde! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy