¿Cómo diferenciarías vosotros entre especulación e inversión?
Después de que Montoro trazase la línea que diferenciara la especulación de la inversión a nivel fiscal, me asalta la duda de que se puede considerar especulación y que se puede considerar inversión. Según la nueva reforma, las plusvalías patrimoniales a menos de un año tributarán en la base imponible general al tipo marginal, que puede llegar a tributar hasta al 56% como es el caso de Cataluña. Esto penaliza sobremanera las inversiones financieras a menos de un año, o como considera el gobierno español, “especulación”. Me llama mucho la atención que los depósitos a plazo fijo inferiores a un año sí que tributen por la base imponible del ahorro, considerándose rendimientos de capital mobiliario, de manera que su máximo a la hora de tributar es del 27%. Por lo tanto, un plazo fijo que tenga una rentabilidad del 2% a 6 meses tributará como máximo al 27% y será considerado como una inversión. En cambio, la misma operación con el mismo capital y con el mismo rendimiento, será considerada especulación en el caso de realizarse con compra y venta de acciones. A nivel fiscal la diferencia está clara entre especulación e inversión, pero personalmente no me parece justa la reforma, puesto que la línea que separa la especulación de la inversión no está tan bien definida como parece, por eso abro este hilo para que los foreros más experimentados, y los menos también, nos den su opinión sobre el tema.