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NPG Technology, S.A. (MAB)

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NPG Technology, S.A. (MAB)
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1.451 / 2.019
#11601

Re: Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Buenos días, señor:
Sobre «Por que ellos no tienen que comprobar que los papeles que les presentan no son falsos. ¡¡¡No tienen que comprobar si es falso lo que le presentan!!!. Si no que la suma y la resta da lo que da», le remito particularmente al preámbulo:
http://www.boe.es/boe/dias/2010/07/01/pdfs/BOE-A-2010-10421.pdf
Es por aclarar cosas. Esto no desmerece el resto de su escrito, pues hay que tener en cuenta todas las opiniones favorables y contrarias para evaluar la viabilidad de una demanda.
En cuanto a su coste, basta con llamar al despacho Yvancos e informarse. Yo lo hice pero todavía no tengo autorización para publicar su respuesta.
Reciba un saludo,
Carlos.

PD: edito: esta es la información que tengo hasta ahora, ignoro si se modificó desde 2010. Agradecería saber el cambio en el que basó su afirmación.

#11602

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Pues asi parece que sera aunque sigo con mi teoria de que compensar perdidas es perder dinero con respecto a, por ejemplo, haberte quedado en tablas con la venta y pagar por otras plusvalias qje gengas. En fin esto es lo que hay.
Con NPG repito que llegue a estar a un 100% de plus y no vendi.

#11603

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Con respecto a Gowex, y si la demanda se encauzara contra el auditor, mencionar que no es lo mismo denunciar a Ernst&Young que a Auditores M&A.

#11604

Re: Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Charley por lo que leo veo que te has puesto en contacto con Ivancos, yo tengo el mail con costes y demas, que harias? Lo dejarias en sus manos?

#11605

Re: Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Un derecho tiene la fuerza de la garantía que lo respalda. Lo demás son vacuas declaraciones. Sea en nuestra constitución con el derecho a la vivienda (la gente no entiende los derechos positivos) o el siguiente texto del BOE al que me has remitido:

"La auditoría de cuentas se configura en dicha Ley como la actividad que, mediante la
utilización de determinadas técnicas de revisión, tiene por objeto la emisión de un informe
acerca de la fiabilidad de la información económica financiera auditada; no limitándose,
pues, a la mera comprobación de que los saldos que figuran en sus anotaciones contables
concuerdan con los ofrecidos en el balance y en la cuenta de resultados, ya que las
técnicas de revisión y verificación aplicadas permiten, con un alto grado de certeza y sin la
necesidad de rehacer el proceso contable en su totalidad, dar una opinión técnica e
independiente sobre la contabilidad en su conjunto y, además, sobre otras circunstancias
que, afectando a la vida de la empresa, no estuvieran recogidas en dicho proceso"



- Hay un PRIMER problema gravísimo de concepto del sistema, es quien elige al auditor.- Quien le paga, que otros servicios le ofrece a la empresa, y como negocia con ella la presentación de las cuentas anuales (verbalmente claro, sin dejar pruebas), Partiendo de este sistema (y cualquier otra alternativa tiene defectos graves), el tema nace cuasi insoluble, como lo ha sido en cualquier tiempo, y lugar. Si allí donde sea no lo han solucionado, o haces algo distinto haciendo que sea un tercero el que elija al auditor y le pague etc etc... no no hay nada que hacer.



- El SEGUNDO problema que afecta al meollo del asunto, es cuales son las obligaciones concretas por el auditor.- Hablo nada menos que por las obligaciones por las que puede ser demandado:

- Ahora dime en una pequeña empresa como NPG, que control tiene el auditor sobre si las facturas del chino son autenticas o no. No tiene obligación, y por lo tanto tampoco responsabilidad. No debe comprobarlas todas. Por tanto no hay responsabilidad.

- Sobre el valor de depreciación de las mercaderías que no esta vendiendo y sabe que valen mucho menos, o son invendibles. El auditor no tiene ni repajolera idea sobre los productos que vende su cliente.No liability.

- O sobre el stock que habia el 31 de diciembre. Has visto algun auditor el 31 de Diciembre contando?. Tampoco hay buenas soluciones ...



- TERCERO hecho gravisimo de solucionar... , el auditado el es ... ¡¡¡el cliente!!!.- Y claro que si no puedes pagar a un auditor para que haga algo tan caro, no hay legislacion que le pueda exigir responsabilidades por los hechos concretos que estamos hablando. La pregunta es al reves, un auditor sabe perfectamente en una mediana empresa cuantas facturas tiene que comprobar con proveedores para salvar el culo. Se las pide al Carrefour y a Pepe Perez, y ya tiene un expediente intachable por si acaso. Eso donde lo haga...

- Otra cosa es que la empresa tenga tal situacion llena de mentiras acumuladas que el auditor diga... mira nene, esto me lo como, de esto otro no se nada, pero esto otro que ya no puedes ocultar es infumable, no me puedo defender yo despues y no te lo firmo. Un auditor no es un juez o un policia o un fiscal, le esta hablando a su cliente, con el que negocia precios cada año, y cada año tiene miedo de perderlo.



- CUARTO ... Ok, and the winner is .. ¿cuales son los resultados?.- En cualquier caso me puedes comprar o no toda esta argumentación, pero hay otra mucho mas simple, los resultados.Si tu vas a una ciudad y no hay ningun coche aparacado en una calle principal, ni se te ocurre dejarlo a ti, ya que si la hierba no crece, sera por algo. Al final da igual la argumentacion teorica, o incluso el analisis de la ley. Lo importante es cual es la practica consuetudinaria. Eso es un apuesta segura en el 99% de los casos, mientras que el analisis puro de la ley por un abogado no especialista tiene un margen de error monumental. Bien, pues hay estadisticas que dicen que el 3% de los fraudes los detecta la auditora, eso lo dice todo. Y la otra cifra es cuantos fraudes hay y cuantas veces es condenada la auditora en este momento del tiempo y en este lugar, o cualquier otro, es decir, con cualquier otra de las legislaciones de la UE y no UE. Nada.



- QUINTO ... Corolario final.- No estoy diciendo que todo el mundo mienta ni que todo sea falso, que no lo es, después de todo "la gente solo miente cuando lo necesita". Lo que estoy diciendo es que no es lo mismo invertir partiendo del esquema que se deduce de la estadística que te lleva a acumular flags sobre elementos sospechosos, que partir de la teoria del mundo feliz no basado en hechos estadísticos, sino en vacuas declaraciones que te va a llevar a dicho vulgarmente "no ver ni una de las que te vengan". Desgraciadamente esto mis profesores de derecho no me lo enseñaron.


[editado para mayor claridad]

#11606

Re: Re: Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Por favor, señor, menuda responsabilidad. Cada uno conoce su situación personal; si invirtió mucho dinero, si lo tiene para el pago inicial, si desea escarmentar a alguien aunque piense que no tiene opciones, si las tiene pero desconfía de la Justicia, hay muchas variables. Tan solamente intento recopilar información, favorable o no, para que se debata aquí y que cada uno pueda hacerse una idea veraz; lo contrario sería perder más dinero o dejar pasar la oportunidad de recobrarlo. No quisiera que nadie pudiera echarme en cara después que induje a una decisión. Siento no querer responderle. Dicho lo cual, por sus comentarios me parece una persona decente y le deseo lo mejor. Y lo peor a Cosío Sánchez, y a partir de hace unos días al responsable de Ernst&Young.

#11607

Re: Re: Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Gracias!.

#11608

Re: NPG Technology, S.A. (MAB)

Joder, Moti, pues claro que "es mejor" vender sin ganar que tener que compensar minusvalías.... Y tener que pagar cada año a hacienda 100.000 tampoco es tan malo como la gente piensa, es la leche para los que pueden hacerlo.